Resolución 23. RESOL-2019-23-APN-SECMA#JGM

Fecha de disposición28 Febrero 2019
Fecha de publicación28 Febrero 2019
SecciónResoluciones

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA

Resolución 23/2019

RESOL-2019-23-APN-SECMA#JGM

Ciudad de Buenos Aires, 26/02/2019

VISTO los Expedientes Electrónicos Nros. EX-2019-08348438- -APN-DNSAYFD#JGM y EX-2018-60037069- -APN-DGCI#EA, las Leyes Nros. 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorias, 25.506 y 27.446, los Decretos Nros. 357 del 21 de febrero de 2002 y modificatorios, 2628 del 19 de diciembre de 2002 y sus modificatorios, 561 del 6 de abril de 2016 y 802 del 05 de septiembre de 2018, la Decisión Administrativa N° (DA2019-103-APN-JGM) del 20 de Febrero de 2019, las Resoluciones Nros. 227 del 21 de octubre de 2010 de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA, (RESOL-2016-399-E-APN-MM) del 5 de octubre de 2016 y modificatorias del entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, la Resolución Nº (RESOL-2019-2-APN-SECMA#JGM) del 14 de enero de 2019 de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA, las Disposiciones de la entonces SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE GESTIÓN Nros. 11 del 30 de diciembre de 2014 y 6 de fecha 19 de agosto de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 25.506 de Firma Digital reconoció la eficacia jurídica del documento electrónico, la firma electrónica y la firma digital, estableciendo las características de la Infraestructura de Firma Digital.

Que la Ley N° 27.446 designó al entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN como Autoridad de Aplicación de la Ley N° 25.506.

Que el artículo 24 del Decreto Nº 2628/2002 y sus modificatorios, reglamentario de la Ley Nº 25.506 de Firma Digital, estableció el procedimiento que los certificadores deben observar para la obtención de una licencia y detalló la documentación exigida para el cumplimiento de las condiciones estipuladas en la mencionada Ley, su Decreto reglamentario y normas complementarias.

Que la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992), modificado por el Decreto Nº 801/18 en su artículo 11 establece que la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS es continuadora a todos sus efectos del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, debiendo considerarse modificada por tal denominación...

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