Resolución 23/2021

Fecha de publicación10 Junio 2021
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y POLÍTICA HÍDRICA


Ciudad de Buenos Aires, 07/06/2021

VISTO el Expediente N° EX 2020 76454464-APN-SIYPH#MOP del Registro del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, la Ley N° 26.221 y su Decreto Reglamentario N° 763 de fecha 20 de junio de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que por notas NO-2020-00000744-AYSA-DIRECTORIO#AYSA y NO-2020-00000745-AYSA-DIRECTORIO#AYSA la Concesionaria AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANÓNIMA (AySA) presentó ante esta SECRETARÍA DE INFRASTRUCTURA Y POLÍTICA HÍDRICA en su carácter de Autoridad de Aplicación de la Ley N° 26.221, el Plan de Medición 2021-2023, manifestando que el mismo se enmarca en el Plan de Mejora, Operación, Expansión y Mantenimiento del Servicio (PMOEM) 2019–2023, cuyo eje estratégico comprende las obras de incremento de oferta necesarias para asegurar la expansión del servicio, y al mismo tiempo las obras y acciones que permitan una reducción gradual de la dotación de agua del sistema de distribución, para alcanzar el nivel proyectado.

Que, agrega la Concesionaria, el logro de este objetivo exige acciones tanto desde la gestión de la demanda (extensión de la micro medición), como también desde la gestión de la oferta (reducción de pérdidas, regulación de presiones y bombeo), encontrándose ambas acciones fuertemente vinculadas.

Que, el Plan de Medición 2021-2023 pone el foco en la gestión de la demanda, articulando acciones conjuntas con el Plan de Mejora y Mantenimiento de Redes para potenciar los resultados de ambos planes.

Que, la Concesionaria expresa, que la visión con que fue diseñado el Plan de Medición 2021-2023 enfoca su acción, entre otros, en sectores hidráulicos donde además posee o está planificada la potenciación de las herramientas de gestión de la oferta para asegurar de esa forma la reducción esperada de la dotación.

Que, el artículo 75 del Marco Regulatorio aprobado por la Ley N° 26.221 establece que el régimen medido se aplicará a Usuarios no residenciales y a inmuebles afectados al Régimen de Propiedad Horizontal de acuerdo a los planes aprobados y siempre que no existan razones de fuerza mayor que impidan la instalación o continuidad de la medición.

Que, el citado artículo también establece que el régimen medido se aplicará a opción de la Concesionaria o a opción del Usuario por única vez y en cualquier momento del dentro del período de la Concesión.

Que los planes aprobados a los que se hace referencia, se incluyen de manera general en el Plan de Mejoras, Operación, Expansión y Mantenimiento de los Servicios (PMOEM) y de manera...

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