Resolución 1297/2010

Fecha de publicación19 Noviembre 2010
Fecha de disposición19 Noviembre 2010
SecciónResoluciones
Número de Gaceta32032

Viernes 19 de noviembre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.032 27 % 27 % % 27 % Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social SALARIOS Resolución 1297/2010

FÃjanse las remuneraciones para el personal de trabajo doméstico comprendido en las categorÃas laborales establecidas por el Decreto N'º 7979/56.

Bs. As., 12/11/2010

VISTO el Decreto Ley N'º' 326 de fecha 20 de enero de 1956 sobre el Régimen de Trabajo del Servicio Doméstico y sus modificatorios, el Decreto Reglamentario N'º' 7979 de fecha 7 de junio de 1956, y la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N'º' 1002 de fecha 9 de noviembre de 2009, y CONSIDERANDO:

Que por Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N'º' 1002/09, se fijaron a partir del 1'º de noviembre de 2009, los valores de las remuneraciones mensuales mÃnimas correspondientes a las categorÃas laborales instituidas por el Decreto N'º' 7979/56 Reglamentario del Decreto Ley del Servicio Doméstico.

Que, el Gobierno Nacional viene desarrollando una polÃtica activa de redistribución de ingresos que hace pertinente, en esta instancia, una adecuación de los valores fijados en la resolución antes mencionada a fin de consolidar, progresivamente, la recuperación del poder adquisitivo de los salarios de los trabajadores.

Que en ese sentido corresponde adecuar las escalas salariales mÃnimas del Personal de Trabajo Doméstico, comprendido en el estatuto que rige la actividad, teniendo en especial consideración los avances que, en materia de remuneraciones de los trabajadores en general, se han producido en el presente año en el marco de la negociación colectiva.

Que dentro del marco descripto cabe tener presente los recientes incrementos dispuestos por el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario MÃnimo, Vital y Móvil, tendientes a establecer lÃmites precisos que permitan mantener el nivel de los salarios de los trabajadores.

Que el incremento dispuesto para este colectivo de trabajadores habrá de acompañar y potenciar el crecimiento equitativo de la economÃa como asimismo de la situación socioeconómica general.

Que se dicta la presente medida en uso de las atribuciones conferidas por el artÃculo 13 del Decreto N'º' 326/56 y por el artÃculo 23, inciso 13) del Decreto N'º' 438 de fecha 20 de marzo de 1992.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL RESUELVE:

ArtÃculo 1'º â FÃjase a partir del 12 de noviembre de 2010 para...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR