Resolución 4977/2010

Fecha de la disposición19 de Noviembre de 2010

Viernes 19 de noviembre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.032 26

VEINTICINCO CON CUARENTA CENTAVOS ($' 25,40) en concepto de deuda tributaria y a la seguridad social.

Que la Coordinación de Compensaciones de la citada Oficina Nacional intervino favorablemente.

Que, en consecuencia, resulta procedente aprobar la compensación solicitada, autorizándose a deducir del monto de la misma la suma antes detallada y a efectuar el pago del remanente de ésta al referido productor.

Que la Dirección de Asuntos JurÃdicos de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto administrativo en virtud de las facultades conferidas por el Decreto N'º' 1067 de fecha 31 de agosto de 2005 y por el ArtÃculo 5'º de la Resolución Conjunta N'º' 57 y N'º' 106 de fecha 1 de marzo de 2010 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA y del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, respectivamente.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO RESUELVE:

ArtÃculo 1'º — Apruébase la compensación solicitada por el productor de trigo SANTOLL ENRIQUE JAIME, Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) N'º' 20-16672459-8, Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.) N'º' 285078133000000367503-3, de la Localidad de Cañada Rica, Provincia de Santa Fe, la que corresponde al SETENTA POR CIENTO (70%) de su producción del ciclo cosecha 2009/2010 y asciende a la suma total de PESOS VEINTISIETE MIL CIENTO NOVENTA CON VEINTINUEVE CENTAVOS ($' 27.190,29), por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.

Art. 2

'º — AutorÃzase a deducir del monto establecido en el ArtÃculo 1'º de la presente resolución, la suma total PESOS VEINTICINCO CON CUARENTA CENTAVOS ($' 25,40), para cancelar la deuda tributaria y a la seguridad social que el beneficiario registra con la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

Art. 3

'º — A esos efectos, el productor deberá generar el Volante electrónico de pago (V.E.P.) previsto por el ArtÃculo 11 de la Resolución N'º' 1213 de de fecha 19 de abril de 2010 de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO y presentarlo ante esta Oficina Nacional dentro de los QUINCE (15) dÃas posteriores a la publicación de la presente medida.

Art. 4

'º — Cumplido que fuera lo indicado precedentemente, autorÃzase el pago del remanente de la compensación aprobada por el ArtÃculo 1'º de la presente al beneficiario allà detallado, por la suma de PESOS VEINTISIETE MIL CIENTO SESENTA Y CUATRO CON OCHENTA Y NUEVE CENTAVOS ($' 27.164,89).

Art. 5

'º — El gasto que demande la implementación de lo establecido por el ArtÃculo 2'º de la presente medida, será atendido mediante la cuenta habilitada a tal efecto, con cargo al Crédito Vigente de la Entidad 611 - ONCCA, Programa 16 Fuente de Financiamiento 11 - Tesoro Nacional.

Art. 6

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — Juan M. Campillo.

% 26 % % 26 % Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario PRODUCCION DE GRANOS Y OLEAGINOSAS Resolución 4977/2010

AutorÃzase el pago de compensaciones.

Bs. As., 5/11/2010

VISTO el Expediente N'° S01:0358921/2010 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, y CONSIDERANDO:

Que por la Resolución Conjunta N'° 57 y N'° 106 de fecha 1 de marzo de 2010 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA y del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, respectivamente, se creó un régimen de compensación para los pequeños y medianos productores de trigo y de maÃz cuya producción no hubiera superado las OCHOCIENTAS TONELADAS (800 t) anuales de trigo y las UN MIL DOSCIENTAS CUARENTA TONELADAS (1240 t) anuales de maÃz, para el...

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