Resolución 1546/2010
Emisor | Secretaria de Trabajo |
Fecha de la disposición | 18 de Noviembre de 2010 |
Jueves 18 de noviembre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.031 77
'º â RegÃstrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin que Departamento Coordinación registre el acuerdo obrante a fojas 50/52 del Expediente N'º' 1.387.950/10.
'º â RemÃtase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
'º â NotifÃquese a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el cálculo de la Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el ArtÃculo 245 de la Ley N'º' 20.744 (t.o.
1976) y sus modificatorias. Cumplido, procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N'º' 748/05 âEâ.
'º â Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el ArtÃculo 5'º de la Ley N'º' 14.250 (t.o. 2004).
'º â ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. â Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente N'º' 1.387.950/10
Buenos Aires, 15 de octubre de 2010
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N'º' 1541/10 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 50/52 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1512/10. â VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
Expediente N'° 1.387.950/10
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 05 dÃas de agosto de 2010, siendo las 14:00 horas, comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, Dirección de Negociación Colectiva, ante la Secretaria de Conciliación del Departamento Relaciones Laborales N'º' 2, Lic. Bibiana M. RODRIGUEZ; en representación del SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR (SMATA), con domicilio en Avda. Belgrano 665, Ciudad Autónoma de Buenos Aires: el Dr. Guillermo MORAN (DNI: 11.737.995), en calidad de Apoderado, el Sr. Horacio ARNAIZ (DNI: 04.911.377), en calidad de Delegado General de SMATA seccional Morón, y los Sres. Emilio LASCHERA (DNI: 14.121.434) y Enrique MOLINA (DNI:
08.492.068), en calidad de Delegados de Personal, y en representación de DEUTZ AGCO MOTORES S.A., con domicilio constituido en Alsina 545/47, piso 5'º, Ciudad Autónoma de Buenos Aires: la Srta.
Paola PINO NAJARRO (DNI: 29.682.255), en calidad de Coordinadora de Recursos Humanos, y el Dr.
Tirso RODRIGUEZ ALCOBENDAS (DNI: 10.110.439), quien manifiesta ser Apoderado, condición que acredita mediante copia simple del poder que firma juramentando su validez.
Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante, previa vista a las partes de todo lo actuado, y cedida la palabra a los comparecientes, manifiestan que: han arribado a un acuerdo respecto de los ingresos de los trabajadores convencionados por el perÃodo 1 de julio de 2010 al 31 de diciembre de 2010, en los siguientes términos:
Se otorga un incremento salarial del 25% sobre los salarios básicos vigentes, que será abonado de la siguiente forma:
1) Un 15% (quince por ciento) a partir del 01 de julio de 2010;
2) Un 10% (diez por ciento) no acumulativo a partir del 01 de septiembre de 2010.
Se acompaña como Anexo I integrante de la presente, el detalle por categorÃa de los sueldos correspondientes a los meses de Julio a Diciembre de 2010, inclusive.
Las partes establecen que lo aquà pactado es de cumplimiento inmediato y obligatorio para ellas por lo normado en el art. 1197 del Código Civil.
El acuerdo alcanzado se realiza en el marco del CCT âEâ 748/05 y alcanza aproximadamente a 50 trabajadores.
Acto seguido la funcionaria actuante COMUNICA a la representación sindical que el acuerdo, en el plazo de diez (10) dÃas, deberá ser ratificado por el Secretario General, Adjunto y/o Gremial.
No siendo para más, a las 14:40 horas, se da por finalizado el acto firmando los comparecientes al pie de la presente, previa lectura, para constancia y ratificación de su manifestación, ante mà que CERTIFICO.SMATA ACUERDO SALARIAL 2010 1ro. de Julio al 31 de Diciembre CategorÃas Básicos Junio Básicos Julio 15% Básicos Septiembre 10% CAT 1 $' 2.701,00 $' 3.106,15 $' 3.376,00
CAT 2 $' 3.304,00 $' 3.799,60 $' 4.130,00
CAT 3 $' 3.618,00 $' 4.160,70 $' 4.523,00
CAT 4 $' 4.088,00 $' 4.701,20 $' 5.110,00
CAT 5 $' 4.402,00 $' 5.062,30 $' 5.503,00 % 77 % MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución N'º' 1546/2010
Registro N'º' 1514/2010
Bs. As., 12/10/2010
VISTO el Expedientes N'º' 1.383.709/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N'º' 14.250 (t.o. 2004), la Ley N'º' 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y CONSIDERANDO:
Que a foja 35 del expediente citado en el Visto, obra el Acuerdo...
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