Resolución 227/2020

Fecha de publicación16 Septiembre 2020
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO


Ciudad de Buenos Aires, 14/09/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-13375842- -APN-DGD#MRE, la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957 y sus modificatorias y la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por el Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que el inciso b) del artículo 20 de la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957 y sus modificatorias establece que es función de los integrantes del Servicio Exterior de la Nación promover los intereses de la República en la comunidad internacional, sostener los derechos que le acuerdan los tratados, costumbres y usos internacionales, velar por su prestigio y fomentar sus relaciones políticas, económicas, culturales y sociales y difundir su conocimiento con arreglo a las orientaciones y directivas emanadas del superior gobierno de la Nación.

Que, asimismo, el inciso c) del artículo 21 de la ley citada en el considerando precedente establece que es obligación de los funcionarios del Servicio Exterior de la Nación desempeñar las funciones o misiones que les encomiende el Poder Ejecutivo, ya sea en la Cancillería, en las misiones diplomáticas o en los consulados, cargos y destinos, de los cuales no podrán excusarse.

Que, por su parte, en virtud de lo dispuesto por el inciso 25 del artículo 18 de la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por el Decreto N° 438/92) y sus modificatorias compete a este Ministerio entender en la organización del Servicio Exterior de la Nación.

Que entre los lineamientos de política exterior de este gobierno se destaca la búsqueda de la integración económica, estrechando los lazos que unen a las Provincias argentinas y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con el mundo y, en especial, fortaleciendo los vínculos comerciales, sociales y culturales.

Que la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS NACIONALES de este Ministerio tiene entre sus objetivos el de entender en la coordinación institucional entre este Ministerio y los organismos y autoridades de los distintos poderes del Estado en el ámbito provincial, municipal y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

Que, en dicho marco, resulta necesario instrumentar un programa a los efectos de que los funcionarios del Servicio Exterior de la Nación brinden asistencia a los organismos y autoridades de los distintos poderes del Estado en el ámbito provincial, municipal y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, que la requieran...

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