Resolución 227/2015

Fecha de disposición17 Abril 2015
Fecha de publicación22 Abril 2015
SecciónResoluciones
Número de Gaceta33114



Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca

EMERGENCIA AGROPECUARIA

Resolución 227/2015

Dáse por declarado el estado de emergencia y/o desastre agropecuario en la Provincia de Corrientes.

Bs. As., 17/4/2015

VISTO el Expediente N° S05:0005006/2015 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, la Ley N° 26.509 y su Decreto Reglamentario N° 1.712 del 10 de noviembre de 2009, el Acta de la reunión de la COMISIÓN NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS del 24 de febrero de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que la Provincia de CORRIENTES, a través del dictado del Decreto Provincial N° 55 de fecha 23 de enero de 2015 declaró el estado de emergencia y/o desastre agropecuario en el área comprendida en los Departamentos de Bella Vista, Concepción, Curuzú Cuatiá, Esquina, General Paz, Goya, Lavalle, Mburucuyá, Mercedes, Saladas, San Miguel y San Roque, por el evento meteorológico de intensas lluvias y desborde de ríos, riachos, arroyos y lagunas durante los meses de diciembre de 2014 y enero de 2015, por el término de SEIS (6) meses, a partir del 1 de enero de 2015.

Que la Provincia de CORRIENTES solicitó, ante la COMISIÓN NACIONAL DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS, en la reunión del día 24 de febrero de 2015, que se declare el estado de emergencia y/o desastre agropecuario indicado en el considerando anterior, a los efectos de la aplicación de la Ley N° 26.509.

Que la citada Comisión luego de analizar la situación ocurrida en las explotaciones provinciales, recomendó declarar el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, desde el 1 de enero de 2015 al 30 de junio de 2015, a las explotaciones agropecuarias afectadas por intensas lluvias y desborde de ríos, riachos, arroyos y lagunas, comprendidas en el área de los Departamentos Bella Vista, Concepción, Curuzú Cuatiá, Esquina, General Paz, Goya, Lavalle, Mburucuyá, Mercedes, Saladas, San Miguel y San Roque.

Que la citada Comisión estableció que el 30 de junio de 2015 es la fecha de finalización del ciclo productivo para las explotaciones afectadas de las zonas declaradas en el considerando anterior, de acuerdo con lo estipulado en los Artículos 22 y 23 del Anexo del Decreto N° 1.712 de fecha 10 de noviembre de 2009.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en...

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