Resolución 823/2010

Fecha de la disposición14 de Mayo de 2010

Resolución Nº 823/2010 MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 823/2010

Tope Nº 329/2010

Bs. As., 5/7/2009

VISTO el Expediente Nº 1.261.044/08 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 599 del 14 de mayo de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 38 del Expediente Nº 1.347.018/09, agregado como foja 78 al Expediente Nº 1.261.044/08 obra la escala salarial correspondiente al Convenio Colectivo de Trabajo agregado a fojas 5/39 del Expediente Nº 1.347.018/09 celebrado entre la FEDERACION DE OBREROS Y EMPLEADOS DE LA INDUSTRIA DEL PAPEL, CARTON Y QUIMICOS y la ASOCIACION DE FABRICANTES DE CELULOSA Y PAPEL, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la escala precitada forma parte del convenio homologado por la Resolución S.T. Nº 599/10 y registrado bajo el Nº 588/10, conforme surge de fojas 125/128 y 131, respectivamente.

Que a fojas 5/7 del Expediente Nº 1.267.191/08, agregado como foja 60 al Expediente Nº 1.261.044/08, obra el acuerdo celebrado oportunamente por las partes citadas, registrado bajo el Nº 676/10 y homologado por la Resolución S.T. Nº 599/10.

Que atento a que, en dicho acuerdo las partes pactaron las escalas salariales vigentes a partir de abril y agosto de 2008, las cuales posteriormente fueron incorporadas con las mismas vigencias al nuevo convenio por ellas celebrado, registrado bajo el Nº 588/10, se procede a fijar el tope indemnizatorio correspondiente a este último.

Que a fojas 5 del Expediente Nº 1.355.013/09, agregado como foja 85 al Expediente Nº 1.261.044/08 obra la escala salarial correspondiente al acuerdo agregado a fojas 5/6 del Expediente Nº 1.355.013/09 celebrado entre las mismas partes, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 588/10, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la escala precitada forma parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T. Nº 599/10 y registrado bajo Nº 677/10, conforme surge de fojas 125/128 y 131, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los...

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