Resolución 1353/2010

EmisorSecretaria de Trabajo
Fecha de la disposición29 de Octubre de 2010

Viernes 29 de octubre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.017 72

Sr. Juan MARTINI en su condición de Secretario General, y el Sr. Santiago BARRIOS, Secretario General del Sindicato del Tabaco de Jujuy; ambas partes firmantes del Convenio Colectivo de Trabajo por Empresa que se encuentra en trámite de homologación mediante Expediente N'º' 1346936/09 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación (ratificado el 6/10/2009), con el objeto de revisar, en su condición de integrantes de la Comisión Paritaria de Interpretación del citado CCT, las condiciones económicas del convenio de trabajo referido durante el presente mes de diciembre de 2009.

Abierto el acto, las representaciones presentes pasan al tratamiento del tema que los convoca, y luego de varias reuniones que precedieron a la presente, ambas representaciones han arribado al presente acuerdo, cuyas cláusulas y condiciones a continuación expresan de común acuerdo:

PRIMERA:Establecer el pago de una Suma Unica Fija, de naturaleza“no remunerativa”y por única vez de PPSOS TRESCIENTOS CINCUENTA ($' 350,00) para todas las categorÃas de trabajadores comprendidos en el CCT por Empresa ratificado el 6/10/2009, en trámite de homologación mediante Expediente N'º' 1346936/09 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación. Dicha suma se liquidará juntamente con el pago de haberes de la primera quincena de diciembre de 2009.

Se deja sentado que esta suma Unica Fija No Remunerativa en ningún caso se podrá considerar incorporada al salario de cada categorÃa sino que constituye un valor de pago único y extraordinario.

SEGUNDA: Las partes se comprometen a reunirse en el mes de diciembre de 2009 o enero de 2010 con el objeto de evaluar la actualidad de las condiciones económicas vigentes en su convenio de trabajo, con la aclaración de que cualquier pago o incremento o mejora que en esa oportunidad se pacte tendrá vigencia a partir del 31 de octubre de 2009, sin retroactividad alguna atento el acuerdo alcanzado.

Cualquiera de las representaciones queda autorizada para solicitar la homologación del presente acuerdo, como Acta Complementaria de su Convenio Colectivo de Trabajo “E” ratificado el 6/10/2009.

Se deja constancia de que a la fecha la Empresa no cuenta con delegados de personal.

No siendo para más, en la fecha y lugar indicados en el encabezamiento, previa lectura y ratificación de la presente, las partes suscriben cuatro ejemplares de igual tenor y a un solo efecto.

En la Ciudad de Perico, Provincia de Jujuy, República Argentina, a los 1 dÃas del mes de febrero de dos mil diez, en las oficinas de la empresa, se reúnen la FEDERACION DE TRABAJADORES DEL TABACO DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la firma UNIVERSAL LEAF TABACOS S.A., y convienen dentro de las negociaciones paritarias que mantienen, lo siguiente:

  1. - Que los salarios básicos vigentes al 1'º de octubre de 2009 para el personal obrero de la firma Universal Leaf Tabacos S.A., tendrán un incremento del 5% a partir del 1'º de noviembre de 2009.

  2. - Las diferencias por el incremento retroactivo acordado en el presente respecto de los perÃodos noviembre, diciembre y enero de 2009 serán abonadas por la Empresa en un pago único junto con los haberes de la segunda quincena del mes de enero de 2010, oportunidad en que se ingresará por dichas sumas los aportes y contribuciones correspondientes. Se adjunta la nueva grilla vigente a partir de noviembre de 2009.

  3. - Se deja aclarado que para el supuesto caso de que el Poder Ejecutivo Nacional disponga en el futuro inmediato un aumento salarial consistente en un monto fijo, los importes que resulten de los incrementos ahora otorgados serán considerados a cuenta de dicha suma fija.

  4. - Cualquiera de las partes podrá presentar esta acta ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación para su correspondiente homologación. Sin perjuicio de ello, las partes convienen en que los nuevos salarios básicos acordados en la fecha tendrán vigencia a partir de las fechas pactadas en el presente.

    Se deja aclarado que a la fecha no existen delegados del personal designados en la Empresa.

    De conformidad de partes y para su fiel cumplimiento, se firma el presente Acuerdo en tres ejemplares, en el lugar y fecha arriba indicados.

    GRILLA SALARIAL CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO ENTRE LA FEDERACION DE TRABAJADORES DE TABACO DE LA REPUBLICA ARGENTINA Y UNIVERSAL LEAF TABACOS SA - ACTA 1 DE FEBRERO DE 2010

    VIGENCIA: 1 DE NOVIEMBRE DE 2009

    CategorÃa Descripción Salario Diario Anterior - octubre 2009

    Salario Diario Vigente a partir de 1 de noviembre de 2009

    Porcentual Incremento Acta febrero 2010

    1 Tareas operativas iniciales y generales:

    barredor - limpieza general - colocador y/o abrochador de tarjetas - cargador y/o descargador - abridor de fardos fumigador 71.00 74.80 5% 2 Operador de PC 75.00 79.03 5% 3 Operador de Autoelevador 82.50 86.87 5% En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, a los 21 dÃas del mes de abril de dos mil diez, se reúnen la FEDERACION DE TRABAJADORES DEL TABACO DE LA REPUBLICA ARGENTINA y UNIVERSAL LEAF TABACOS S.A., y convienen dentro de las negociaciones paritarias que mantienen, lo siguiente:

  5. - Para el personal obrero de Universal Leaf...

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