Resolución 1200/2010

EmisorSecretaria de Trabajo
Fecha de la disposición20 de Octubre de 2010

Miércoles 20 de octubre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.011 49

ANEXO Expediente N'º1.365.566/10

PARTES SIGNATARIAS FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA BASE PROMEDIO TOPE INDEMNIZATORIO SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA c/ CAMARA DE CONCESIONARIOS DE SERVICIOS DEL AUTOMOVIL CLUB ARGENTINO -Tope General -Tope Zona Patagónica CCT N'º' 454/06

01/01/2010

01/04/2010

01/07/2010

01/09/2010

01/11/2010

01/01/2010

01/04/2010

01/07/2010

01/09/2010

01/11/2010 $' 2.390,41 $' 2.406,59 $' 2.535,99 $' 2.612,07 $' 2.661,31 $' 3.135,88 $' 3.221,44 $' 3.315,08 $' 3.411,54 $' 3.474,77 $' 7.171,23 $' 7.219,77 $' 7.607,97 $' 7.836,21 $' 7.983,93 $' 9.407,64 $' 9.664,32 $' 9.945,24 $' 10.234,62 $' 10.424,31

Expediente N'º1.365.566/10

Buenos Aires, 18 de junio de 2010

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N'º731/10, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 275/10 T. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

% 49 % MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución N'º' 1200/2010

Registro N'º' 1247/2010

Bs. As., 25/8/2010

VISTO el Expediente N'º1.396.404/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N'º14.250 (t.o. 2004), la Ley N'º20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/6 del Expediente de referencia, obra el Acuerdo celebrado entre la UNION OBRERA MOLINERA ARGENTINA (U.O.M.A.), por la parte sindical y la CAMARA ARGENTINA DE EMPRESAS DE NUTRICION ANIMAL, por el sector empresarial, conforme a lo establecido en la Ley N'º14.250 (t.o. 2004).

Que el presente es concertado en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N'º66/89 para la Rama Nutrición Animal y Mascotas (conforme surge de lo actuado a foja 1).

Que a través del Acuerdo traÃdo a estudio, las partes convienen una recomposición salarial y una reordenación en las categorÃas profesionales, conforme los términos y lineamientos estipulados.

Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas insertas en el texto convencional celebrado, acreditando la personerÃa y facultades para negociar colectivamente invocadas, con las constancias obrantes en autos.

Que el ámbito de aplicación del presente se circunscribe a la...

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