Resolución 1198/2010

EmisorSecretaria de Trabajo
Fecha de la disposición19 de Octubre de 2010

Martes 19 de octubre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.010 41 remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado por la presente, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el ArtÃculo 5'º de la Ley N'º' 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

ANEXO Expediente N'º' 1.363.705/09

PARTES SIGNATARIAS FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA BASE PROMEDIO TOPE INDEMNIZATORIO SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA C/ VUTEQ ARGENTINA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.

CCT N'º' 913/07 “E” 1/6/2010

1/12/2010 $' 2.587,92 $' 3.304,22 $' 7.763,76 $' 9.912,66

Expediente N'º' 1.363.705/09

Buenos Aires, 18 de junio de 2010

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N'º' 728/10, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 272/10 T. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

% 41 % MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución N'º' 1198/2010

Registros N'º' 1263/2010 y N'° 1264/2010

Bs. As., 25/8/2010

VISTO el Expediente N'º' 1.341.739/09 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N'º' 14.250 (t.o. 2004), la Ley N'º' 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y CONSIDERANDO:

Que a fojas 2 y 46 del Expediente N'º' 1.341.739/09 y a fojas 2/3 del Expediente N'º' 1.362.306/09 agregado como foja 53 al Expediente citado en el Visto obran, respectivamente, los Acuerdos y Escalas Salariales celebrados entre la ASOCIACION OBRERA TEXTIL DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la empresa MANUFACTURA DE FIBRAS SINTETICAS SOCIEDAD ANONIMA, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N'º' 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo los mentados Acuerdos las partes convienen condiciones salariales para el personal que se desempeña en la empresa en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N'º' 500/07.

Que el ámbito de aplicación de los presentes acuerdos se corresponde con la actividad principal de la empleadora signataria y la representatividad de la asociación sindical firmante, emergente de su personerÃa gremial.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N'º' 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que las partes poseen acreditada la representación que invocan ante esta Cartera de Estado y ratifican en todos sus términos los citados Acuerdos.

Que cabe hacerles saber, que es polÃtica de esta Cartera de Estado propugnar para que las sumas no remunerativas convenidas, en lo sucesivo pasen a ser remunerativas.

Que una vez dictado el presente acto administrativo de homologación, deberán remitirse las presentes actuaciones a la Dirección de Regulaciones del Trabajo a efectos de evaluar la procedencia de efectuar el cálculo de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, a fin de dar cumplimiento a lo prescrito en el ArtÃculo 245 de la Ley N'º' 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que la AsesorÃa Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N'º' 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE:

ARTICULO 1

'º — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION OBRERA TEXTIL DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la empresa MANUFACTURA DE FIBRAS SINTETICAS SOCIEDAD ANONIMA obrante a fojas 2 conjuntamente con las Escalas Salariales obrantes a fojas 46 del Expediente N'º' 1.341.739/09, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N'º' 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2

'º — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION OBRERA TEXTIL DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la empresa MANUFACTURA DE FIBRAS SINTETICAS SOCIEDAD ANONIMA, obrante a fojas 2/3 del Expediente N'º' 1.362.306/09 agregado como foja 53 al Expediente N'º' 1.341.739/09, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N'º' 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 3

'º â RegÃstrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin que el Departamento de Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 2 conjuntamente con las Escalas Salariales obrantes a fojas 46 y registre el Acuerdo obrante a fojas 2/3 del Expediente N'º'...

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