Resolución 1201/2010

EmisorSecretaria de Trabajo
Fecha de la disposición19 de Octubre de 2010

Martes 19 de octubre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.010 43

MARZO ABRIL MAYO Ayudante Técnico A 1.909,00 1.985,00 2.104,00

Ayudante Técnico B 1.818,00 1.891,00 2.004,00

Sereno 1.727,00 1.796,00 1.904,00

Peón 1.727,00 1.796,00 1.904,00

COMERCIAL CATEGORIA Jefe de División 3.045,00 3.167,00 3.357,00

Jefe de Sección 2.954,00 3.072,00 3.256,00

Supervisor 2.818,00 2.931,00 3.107,00

Cajero Encargado 2.727,00 2.836,00 3.006,00

Cajero/Boletero 2.500,00 2.600,00 2.756,00

Promotor 2.500,00 2.600,00 2.756,00

Recaudador 2.273,00 2.364,00 2.506,00

Ayudante Recaudador 2.182,00 2.269,00 2.405,00

Vigilancia 1.727,00 1.796,00 1.904,00

ADMINISTRACION CATEGORIA Jefe de División 3.045,00 3.167,00 3.357,00

Jefe de Sección 2.954,00 3.072,00 3.256,00

Supervisor 2.818,00 2.931,00 3.107,00

Tesorero 2.409,00 2.505,00 2.656,00

Empleado Administrativo A 2.182,00 2.269,00 2.405,00

Empleado Administrativo B 2.136,00 2.221,00 2.355,00

Empleado Administrativo C 2.000,00 2.080,00 2.205,00

Auxiliar A 1.909,00 1.985,00 2.104,00

Auxiliar B 1.818,00 1.891,00 2.004,00

Auxiliar C 1.727,00 1.796,00 1.904,00

Cadete 1.727,00 1.796,00 1.904,00 % 43 % MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución N'º' 1201/2010

Registro N'º' 1246/2010

Bs. As., 25/8/2010

VISTO el Expediente N'º' 1.392.854/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N'º' 14.250 (t.o. 2004), la Ley N'º' 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y CONSIDERANDO:

Que a fojas 8/12 del Expediente N'º' 1.392.854/10, obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DEL SEGURO DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la empresa FEDERACION PATRONAL SEGUROS SOCIEDAD ANONIMA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N'º' 14.250 (t.o. 2004).

Que en dicho acuerdo, las partes convienen condiciones salariales y laborales para el personal de la empresa comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo N'º' 264/95.

Que corresponde hacer saber a las partes que el listado de personal obrante a fojas 13/15, no se encuentra comprendido en la homologación que por el presente acto se dispone por ser ajeno al ámbito colectivo.

Que el ámbito de aplicación del presente se corresponde con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personerÃa gremial.

Que las partes acreditan la representación que invocan y ratifican en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N'º' 14.250 (t.o. 2004).

Que corresponde proceder a la homologación del mismo como Acuerdo marco de carácter colectivo, sin perjuicio de los derechos individuales de los trabajadores involucrados.

Que la AsesorÃa Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N'º' 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE:

ARTICULO 1

'º — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DEL SEGURO DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la empresa FEDERACION PATRONAL SEGUROS SOCIEDAD ANONIMA, que luce a fojas 8/12 del Expediente N'º' 1.392.854/10, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N'º' 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2

'º — RegÃstrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento de Coordinación registre el presente Acuerdo obrante a fojas 8/12 del Expediente N'º' 1.392.854/10.

ARTICULO 3

'º — RemÃtase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4

'º — NotifÃquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo, conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo N'º' 264/95.

ARTICULO 5

'º — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO,

EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el ArtÃculo 5'º de la Ley N'º' 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente N'º' 1.392.854/10

Buenos Aires, 27 de agosto de 2010

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N'º' 1201/10 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 8/12 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1246/10. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

Entre el SINDICATO DEL SEGURO DE LA REPUBLICA ARGENTINA, representado por los señores RAUL AMANCIO MARTINEZ, DNI 5.049.760, en su carácter de Secretario General y JORGE ALBERTO SOLA, DNI 17.310.288, en su carácter de Secretario Gremial y de Relaciones Laborales, todos con la asistencia letrada de la Dra. Alelà Natalia Prevignano, constituyendo todos domicilio en la calle Carlos Pellegrini 575, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante EL SINDICATO, por una parte; y FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A., CUIT N'º' 33-70736658-9, representada en este acto por el Dr. JUAN BAUTISTA SOUMOULOU, DNI...

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