Resolución 2236/2019

Fecha de publicación29 Mayo 2019
SecciónResoluciones
EmisorENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Ciudad de Buenos Aires, 28/05/2019

VISTO el Expediente EX-2018-53571370-APN-SDYME#ENACOM del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES; las Leyes N° 27.078 y 26.522 y modificatorias; el DNU N° 267/2015 y Decreto N° 764/2000 y modificatorios; la Resolución N° 506/2018 del entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN y modificatoria, la Resolución ENACOM N° 979/2019 y Resolución ENACOM N° 2040/2019; el IF-2019-50055798-APN-DNAYRT#ENACOM y,

CONSIDERANDO:

Que el Decreto N° 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquico y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las leyes N° 27.078 y 26.522, sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.

Que la Resolución N° 506 de fecha 28 de agosto de 2018, del entonces MINISTERIO DEMODERNIZACIÓN, aprobó la utilización en forma exclusiva de la banda de frecuencias comprendida entre 450,000 y 470,000 MHz, por sistemas de acceso inalámbrico fijo y móvil de tecnología digital y reúso celular de frecuencias para la prestación de los servicios de transmisión de datos y/o acceso a Internet de banda ancha, así como para el acceso inalámbrico al servicio de telefonía local.

Que conforme al artículo 11 de la citada Resolución, ante la solicitud de adjudicación de las bandas previstas, se procederá a publicar el mismo en el Boletín Oficial de la República Argentina, estableciéndose un plazo de QUINCE (15) días corridos a fin de que cualquier interesado tome conocimiento de la petición efectuada y, en su caso, realice las observaciones que entienda necesarias.

Que de acuerdo al procedimiento establecido en la normativa vigente, los primeros pedidos que se encontraban en condiciones de ser asignados directamente, fueron publicados en el Boletín Oficial N° 34.062 de fecha 22 de febrero de 2019, mediante el dictado de la Resolución ENACOM N° 979 del 21 de febrero de 2019.

Que se recibieron observaciones e impugnaciones de las empresas que oportunamente se han presentado ante el ENACOM en respuesta al llamado efectuado por el artículo 16 de la Resolución ex MM N° 506/2018, los cuales se han agregado al expediente citado en el visto y serán debidamente tratados y resueltos conforme los procedimientos establecidos en la citada norma y en la Ley de Procedimientos Administrativos N° 19.549 y su Decreto Reglamentario.

Que...

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