Resolución 395/2010

EmisorMinisterio de Agricultura, Ganaderia y Pesca
Fecha de la disposición15 de Octubre de 2010

Viernes 15 de octubre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.008 16 % 16 % ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS ADUANA DE FORMOSA Formosa, 5/10/2010

La Aduana de Formosa, conforme lo instruye la Ley N'º' 25.603, comunica a quienes acrediten algún derecho sobre las mercaderÃas involucradas en las actuaciones que a continuación se detallan, que, de no mediar objeción legal dentro del plazo de 30 dÃas corridos a partir de la publicación de la presente, se procederá en forma inmediata a incluir las mercaderÃas en la lista de próxima subasta (Art. 439 C.A.) y/o se pondrán a disposición de la SecretarÃa General de la Presidencia de la Nación conforme las previsiones de la Ley antes citada. Cabe aclarar que con las mercaderÃas a las que no se puede ciar el tratamiento previsto en las reglamentaciones antes descriptas, se procederá conforme lo establecido en el Art. 448 del C.A.; a dichos electos, los interesados deberán presentarse en esta dependencia, sita en calle Brandzen N'º' 459 de la ciudad capital de la Provincia de Formosa.

QUEDAN DEBIDAMENTE NOTIFICADOS.

ADOLFO C. MARTINEZ, Administrador, AFIP, DGA, Aduana Formosa.

e. 15/10/2010 N'º' 122906/10 v. 15/10/2010 % 16 % ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS DIRECCION REGIONAL ADUANERA MENDOZA SRES. IMPORTADORES Como consecuencia del estudio de valor que se está realizando por la División Fiscalización de Operaciones Aduaneras de la Dirección Regional Aduanera Mendoza en relación con la destinación detallada a continuación, y teniendo en cuenta que los antecedentes obrantes en esta oficina denotan diferencias de valor en destinaciones de un mismo momento, lugar y calidad de mercaderÃas notándose una baja en su valor, se le hace saber por este medio que al no poder determinarse el valor de conformidad con el método de valor de transacción, se le ha desestimado la aplicación del método de valoración establecido en el artÃculo 1, del Acuerdo Relativo a la Aplicación del Art. VII del G.A.T.T. y el protocolo correspondiente, procediéndose a adoptar alguno de los métodos subsiguientes, de acuerdo a lo normado en la Ley 23.311.

FECHA DESTINACION ITEM CUIT IMPORTADOR 13/02/2006 06038ZFE1000162E 1 30-70817504-4 GRANSUD S.A.

01/02/2010 10038IC04000743M 1 30-58254589-4

DIAZ HNOS. SOCIEDAD ANONIMA Fdo.: JUAN D. S. TAPIA, Jefe División Fiscalización de Operaciones Aduaneras. — Ing. JUAN BAUTISTA OCAMPO, Director, Dirección Regional Aduanera Mendoza.

e. 15/10/2010 N'º' 122706/10 v. 15/10/2010 ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS LISTADO ORDENES DE COMPRAS EMITIDAS EN EL MES DE SETIEMBRE DE 2010

Lic. MONICA A. LLORCA, Jefa (Int.) División Contrataciones, Dpto. Administración de Compras.

e. 15/10/2010 N'º' 123110/10 v. 15/10/2010 % 16 % MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA Resolución N'º' 395/2010

Bs. As., 5/10/2010

VISTO el Expediente N'º' S01:0131629/2010 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA,

GANADERIA Y PESCA, la Decisión Administrativa N'º' 175 de fecha 9 de abril de 2010, y CONSIDERANDO:

Que por la Decisión Administrativa N'º' 175 de fecha 9 de abril de 2010, se aprobó la estructura organizativa del primer nivel operativo de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, de la SECRETARIA DE DESARROLLO RURAL Y AGRICULTURA FAMILIAR y de la SECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES, todas del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA.

Que a fin de implementar y optimizar dicha estructura, corresponde establecer las aperturas estructurales inferiores, a las dispuestas por la norma citada precedentemente, asà como también la parte pertinente a las Coordinaciones de Area de las citadas SecretarÃas.

Que la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la debida intervención.

Que la Dirección General de Asuntos JurÃdicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete, conforme a lo establecido por el ArtÃculo 7'º del Decreto N'º' 1366 de fecha 1 de octubre de 2009.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades emergentes del ArtÃculo 17 del Decreto N'º' 1545 de fecha 31 de agosto de 1994, complementado por la Resolución N'º' 422 de fecha 13 de septiembre de 1994 de la ex SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION y del ArtÃculo 2'º de la Decisión Administrativa N'º' 175 de fecha 9 de abril de 2010.

Por ello,

EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA RESUELVE:

ARTICULO 1

'º — Apruébanse las aperturas estructurales inferiores de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, de la SECRETARIA DE DESARROLLO RURAL Y AGRICULTURA FAMILIAR y de la SECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES, todas del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, de conformidad con el Organigrama y Acciones que, como Anexos Ia, Ib, Ic, Id, Ie, If, Ig y II, forman parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 2

'º — Apruébanse las Coordinaciones de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, de la SECRETARIA DE DESARROLLO RURAL Y AGRICULTURA FAMILIAR y de la SECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES, todas del MINISTERIO DE AGRICULTURA,

GANADERIA Y PESCA, de acuerdo con el detalle obrante en las Planillas Anexas al presente articulo, las que forman parte integrante del mismo.

ARTICULO 3

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — Sr. JULIAN ANDRES DOMINGUEZ, Ministro de Agricultura, GanaderÃa y Pesca.

ANEXO Ia ANEXO Ib Viernes 15 de octubre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.008 17

ANEXO Ic ANEXO Id ANEXO Ie ANEXO If ANEXO Ig ANEXO II MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES AGROALIMENTARIAS INTERNACIONALES DIRECCION DE COOPERACION Y NEGOCIACIONES BILATERALES ACCIONES 1. Coordinar las acciones para la suscripción de acuerdos de cooperación técnica con otros paÃses, que permitan el intercambio de información, la transferencia de tecnologÃa y la asistencia técnica recÃproca.

  1. Coordinar la gestión de las negociaciones bilaterales que conlleven a la ampliación de los mercados externos y a favorecer la apertura de nuevos destinos para las exportaciones de productos agroalimentarios.

  2. Coordinar las acciones de cooperación y negociación bilateral con los diversos organismos técnicos competentes dentro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA y con el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

  3. Elaborar y mantener actualizada la información relativa a las importaciones y exportaciones del comercio bilateral, identificando y evaluando oportunidades comerciales para los productos del sector y realizando los análisis de impacto respectivos.

  4. Elaborar el mapa de la cooperación internacional del sector, articulando acciones con el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA), el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA (INTA) y el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES,

    COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

    MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES AGROALIMENTARIAS INTERNACIONALES DIRECCION DE NEGOCIACIONES MULTILATERALES ACCIONES 1. Formular y coordinar propuestas de negociación en los diversos foros multilaterales, con especial énfasis en la ORGANIZACION MUNDIAL DEL COMERCIO (OMC), en temas comerciales, acceso a los mercados de productos del sector, polÃticas arancelarias, competencia, aspectos sanitarios, normas técnicas de calidad, derechos de propiedad intelectual, medio ambiente y recursos genéticos, con impacto en la producción agropecuaria y la agroindustria.

  5. Monitorear los procesos de negociación internacional asesorando y asistiendo a las áreas técnicas competentes del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, en materia de recursos genéticos, biotecnologÃa, derechos de propiedad intelectual vinculados con el comercio de productos agrÃcolas, medio ambiente, entre otros, articulando consultas permanentes con el sector privado involucrado.

  6. Realizar el seguimiento de las negociaciones en curso en los diversos Acuerdos Medioambientales y a la negociación del Comité de Comercio y Medioambiente de la OMC, en lo relativo a los efectos jurÃdicos y económicos del derecho ambiental sobre el comercio.

  7. Elaborar la información y documentación técnica para la participación del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA en los diversos organismos internacionales – ORGANIZACION PARA LA AGRICULTURA Y LA ALIMENTACION (FAO), INSTITUTO INTERAMERICANO PARA LA COOPERACION EN AGRICULTURA (IICA), ORGANIZACION PARA LA COOPERACION Y EL DESARROLLO ECONOMICO (OCDE), ORGANIZACION MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL (OMPI), CONSEJO OLEICOLA INTERNACIONAL (COI), entre otros, en los cuales se debatan aspectos relativos al sector agroalimentario, articulando con el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, los aspectos relativos a su participación en los mismos.

  8. Realizar el análisis de impacto económico de las negociaciones regionales y multilaterales, que permitan definir las estrategias conducentes a afirmar y potenciar la presencia de los productos del sector en los mercados externos.

    Viernes 15 de octubre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.008 18

    MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES AGROALIMENTARIAS INTERNACIONALES DIRECCION DE NEGOCIACIONES REGIONALES Y CONTROVERSIAS ACCIONES 1. Formular y coordinar las propuestas de negociación comercial del sector agroindustrial en el ámbito regional, dentro del los foros de negociación intra bloque: GRUPO MERCADO COMUN,

    COMISION DE COMERCIO, SGT 8, SGT 3, INTEGRACION...

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