Resolución 407/2010

EmisorSecretaria de Trabajo
Fecha de la disposición12 de Octubre de 2010

Martes 12 de octubre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.005 39

Expediente N'º' 1.223.532/07

Buenos Aires, 8 de abril de 2010

De conformidad con lo ordenado en RESOLUCION ST N'º' 405/10, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 171/10 T. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

% 39 % MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución N'º' 406/2010

Tope N'º' 174/2010

Bs. As., 7/4/2010

VISTO el Expediente N'º' 1.309.227/09 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N'º' 14.250 (t.o. 2004), la Ley N'º' 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, las Resoluciones de la SECRETARIA DE TRABAJO N'º' 1157 del 14 de septiembre de 2009 y N'º' 119 del 3 de febrero de 2009, y CONSIDERANDO:

Que a fojas 19/22 del Expediente N'º' 1.309.227/09 obran las escalas salariales pactadas entre la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE AGUAS GASEOSAS Y AFINES, el SINDICATO UNIDO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DE AGUAS GASEOSAS Y AFINES (SANTA FE) y la FEDERACION ARGENTINA DE LA INDUSTRIA DE AGUAS GASEOSAS Y BEBIDAS SIN ALCOHOL, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N'º' 152/91 – Rama Soda, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N'º' 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del Acuerdo homologado por la Resolución S.T.

N'º' 119/09 y registrado bajo el N'º' 112/09, conforme surge fojas 51/54 y 57, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artÃculo 245 de la Ley N'º' 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de extinción injustificada del contrato de trabajo.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio que se fija por la presente, se determinó triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.

Que se ha advertido un error material en el cálculo del tope indemnizatoria fijado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N'º' 1157 del 14 de septiembre de 2009 correspondiente al acuerdo oportunamente celebrado entre las partes mencionadas en el primer considerando, homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N'º' 847 del 6 de julio de 2009 y registrado bajo el N'º' 696/09.

Que en tal sentido, corresponde subsanar el error mediante el dictado del acto administrativo correspondiente.

Que a fojas 75/87 obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Regulaciones del Trabajo dependiente de la SECRETARIA DE TRABAJO por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo de la base promedio mensual y del tope indemnizatorio objeto de la presente, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artÃculo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N'º' 20.744 (t.o. 1976), y en el Decreto N'º' 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por su similar N'º' 628 del 13 de junio de 2005.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE:

ARTICULO 1

'º — FÃjese el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondiente al Acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N'º' 119 del 3 de febrero de 2009 y registrado bajo el N'º' 112/09 suscripto entre la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE AGUAS GASEOSAS Y AFINES, el SINDICATO UNIDO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DE AGUAS GASEOSAS Y AFINES (SANTA FE) y la FEDERACION ARGENTINA DE LA INDUSTRIA DE AGUAS GASEOSAS Y BEBIDAS SIN ALCOHOL, conforme al detalle que, como ANEXO I, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2

'º — Rectificase el Anexo de la Resolución de SECRETARIA DE TRABAJO N'º' 1157 del 14 de septiembre de 2009, reemplazándolo por el ANEXO II que forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 3

'º â RegÃstrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo...

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