Resolución 4335/2010

Fecha de la disposición12 de Octubre de 2010

Martes 12 de octubre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.005 15

SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO CON NUEVE CENTAVOS ($' 1.111.695,09), por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.

Art. 2

'º — AutorÃzase el pago de la compensación consignada al beneficiario mencionado en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, la que asciende a la suma total de PESOS UN MILLON CIENTO ONCE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO CON NUEVE CENTAVOS ($' 1.111.695,09), por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.

Art. 3

'º — El gasto que demande la implementación de lo establecido por el ArtÃculo 2'º de la presente medida, será atendido mediante la cuenta habilitada a tal efecto, con cargo al Crédito Vigente de la Entidad 611 - ONCCA, Programa 16, Fuente de Financiamiento 11 - Tesoro Nacional.

Art. 4

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — Juan M. Campillo.

ANEXO PAGO COMPENSACION A ENGORDADORES DE GANADO BOVINO A CORRAL FEED LOTS S01:0286026/2010

N'º EXPEDIENTE RAZON SOCIAL C.U.I.T C.B.U PerÃodo 2009 Establecimiento JUNIO JULIO Localidad Provincia 1 14662770612 COOPERATIVA DE EMPRENDIMIENTOS MULTIPLES SUDECOR LITORAL LIMITADA 30-57130220-5 285031253000000021804-8 $ 623.407,26 $ 488.287,83

MORENO SANTIAGO DEL ESTERO TOTAL $ 1.111.695,09 % 15 % % 15 % Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario PRODUCCION DE GANADO BOVINO Resolución 4338/2010

AutorÃzase el pago de compensaciones.

Bs. As., 5/10/2010

VISTO el Expediente N'º' S01:0307151/2010 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, y CONSIDERANDO:

Que por la Resolución N'º' 9 de fecha 11 de enero de 2007 del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION se creó un mecanismo destinado a otorgar compensaciones al consumo interno a través de los industriales y operadores que vendan en el mercado interno productos derivados del trigo, maÃz, girasol y soja.

Que por la Resolución N'º' 40 de fecha 25 de enero de 2007 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION se facultó a la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, a establecer los mecanismos de eficiencia en el uso de los granos destinados a la alimentación de las distintas especies animales y a definir las clasificaciones de las mismas cuya producción será objeto de compensación.

Que mediante Resolución N'º' 1378 de fecha 23 de febrero de 2007, modificada por las Resoluciones Nros. 4668 de fecha 4 de octubre de 2007 y 1164 de fecha 4 de febrero de 2009, todas de la citada Oficina Nacional, se incorporó al mecanismo implementado por la mencionada Resolución N'º' 9/07 y su complementaria N'º' 40/07, a los establecimientos que se dedican al engorde del ganado bovino a corral (Feed Lots) con alimentación a base de granos de maÃz y otros componentes, para su posterior faena y comercialización exclusivamente en el mercado interno, ya sea de propia producción, compra o que brinde servicios a terceros.

Que mediante la referida Resolución N'º' 1378/07 y sus modificatorias se fijaron los parámetros para la determinación y pago de las correspondientes compensaciones.

Que en tal marco se presentaron las solicitudes de los productores que se dedican al engorde del ganado bovino a corral (Feed Lots) con alimentación a base de granos de maÃz y otros componentes, para su posterior faena y comercialización exclusivamente en el mercado interno, ya sea de propia producción, compra o que brinde servicios a terceros, cuyos Nombres o Razón Social, Expediente, Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) y Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.) se detallan en el Anexo que forma parte de la presente resolución.

Que las solicitudes presentadas por la firma EL TREBOL DE DEL BARRIO MANUEL GUILLERMO Y DEL BARRIO CARLOS PEDRO SH fueron liquidadas de conformidad con lo establecido en la citada Resolución N'º' 1378/07 y sus modificatorias.

Que el Area de Compensaciones de la citada Oficina Nacional evaluó las presentaciones efectuadas de acuerdo a la normativa vigente, conforme surge del informe técnico obrante a fojas 1/3.

Que asimismo, la Coordinación del Area de Compensaciones de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO intervino favorablemente a fojas 29/30.

Que en el presente caso no resulta ser de aplicación la Resolución N'º' 145 de fecha 7...

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