Resolución 1070/2010

EmisorSecretaria de Trabajo
Fecha de la disposición12 de Octubre de 2010

Martes 12 de octubre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.005 46

Expediente N'º' 1.085.343/04

Buenos Aires, 17 de junio de 2010

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N'º' 701/10, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 265/10 T. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

% 46 % MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución N'º' 1070/2010

Registro N'º' 1113/2010

Bs. As., 30/7/2010

VISTO el Expediente N'º' 260.234/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N'º' 14.250 (t.o. 2004), la Ley N'º' 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Ley N'º' 23.546 (t.o. 2004), la Ley N'º' 25.877, el Decreto N'º' 900 de fecha 29 de junio de 1995, y CONSIDERANDO:

Que a fojas 1/2 del expediente citado en el VISTO, obra el Acuerdo salarial celebrado entre el SINDICATO OBRERO DE LA INDUSTRIA DEL PESCADO por el sector de los trabajadores y la empresa LA CAMPAGNOLA SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL E INDUSTRIAL, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N'º' 171/75, de conformidad con lo regulado por las Leyes N'º' 14.250 (t.o. 2004) y N'º' 23.546 (t.o. 2004).

Que en el Acuerdo las partes convienen el incremento de los valores a percibir por los trabajadores de la empresa, alcanzados por el Convenio Colectivo de Trabajo N'º' 171/75, en concepto de almuerzo, bonificación especial y productividad, a partir del mes de mayo de 2010.

Que las partes signatarias han ratificado el Acuerdo ante el funcionario respectivo y acreditado en autos su personerÃa y facultades para negociar colectivamente.

Que el ámbito de aplicación del Acuerdo que por este acto se homologa, se corresponde con la actividad pública y notoria desarrollada por la firma comercial signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personerÃa gremial.

Que se acreditaron los recaudos formales exigidos por la Ley N'º' 14.250 (t.o. 2004).

Que se advierte que fas cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten a principios, derechos y garantÃas contenidos en el marco normativo, comúnmente denominado “orden público laboral” ni de otras normas dictadas en protección del interés general.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio la...

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