Resolución 1188/2010

EmisorSecretaria de Trabajo
Fecha de la disposición 8 de Octubre de 2010

Viernes 8 de octubre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.004 61

Que de las constancias de autos surge la personerÃa invocada por las partes y la facultad de negociar colectivamente.

Que se encuentra acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley N'º' 14.250 (t.o. 2004).

Que en atención al ámbito de aplicación personal del Acuerdo a homologar, es menester dejar expresamente aclarado que no corresponde calcular y fijar base promedio de remuneraciones y tope indemnizatorio, respecto de los convenios colectivos de trabajo y acuerdos salariales aplicables a los trabajadores que se desempeñen en la actividad regulada por la Ley N'º' 12.908 “Estatuto del Periodista Profesional” y Decreto-ley N'º' 13.839/46 “Estatuto del Empleado Administrativo de Empresas PeriodÃsticas”, en virtud de lo dispuesto por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N'º' 305/07.

Que la AsesorÃa Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo ha tomado la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N'º' 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE:

ARTICULO 1

'º — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entré la UNION DE TRABAJADORES DE PRENSA DE BUENOS AIRES (U.T.P.B.A.) por la parte gremial y la ASOCIACION DE RADIODIFUSORAS PRIVADAS ARGENTINAS (A.R.P.A.) por la parte empleadora, obrante a fojas 4 y 6 del Expediente N'º' 1.391.195/10, agregado como foja 118 al Expediente N'º' 1.212.921/07, conforme lo dispuesto en la Ley N'º' 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2

'º — RegÃstrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación registre el presente Acuerdo, obrante a fojas 4 y 6 del Expediente N'º' 1.391.195/10, agregado como foja 118 al Expediente N'º' 1.212.921/07.

ARTICULO 3

'º — RemÃtase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4

'º — NotifÃquese a las partes signatarias. Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5

'º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el ArtÃculo 5 de la Ley N'º' 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente N'º' 1.212.921/07

Buenos Aires, 25 de agosto de 2010

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N'º' 1187/10 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 4 y 6 del expediente 1.391.195/10, agregado como fojas 118 al expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1222/10. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

23 de JUNIO de 2010

Propuesta A.R.P.A.

Expediente N'º' 1339305/09

En la Ciudad de Buenos Aires, a los 21 dÃas del mes de julio de 2010 comparecen ante mÃ, Lic.

Marcos AMBRUSO, secretario de conciliación de la DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO el Sr. Jorge MURACCIOLE y la Sra. Judith RABINOVICH en representación de la UTPBA junto a los delegados de las radios asistidos por el Dr. Luciano BLANCO por una parte y por la otra el Sr. Hector PARREIRA en su carácter de Presidente de la ASOCIACION DE RADIODIFUSORAS PRIVADAS ARGENTINAS asistido por el Dr. Ignacio FUNES DE RIOJA.

Abierto el acto por el funcionario actuante, y luego de un amplio intercambio de opiniones, las partes acuerdan la escala salarial obrante a fs.' 4 del expte. 1391195/10 con un plazo de vigencia de 12 meses a partir del mes de mayo de 2010. Asimismo acuerdan un pago de carácter extraordinario por única vez de $' 600 a abonarse hasta el dÃa 15 de agosto de 2010. En función de lo expuesto, ratifican el presente acuerdo y solicitan su homologación.

En uso de la palabra la representación sindical manifiesta: Que el acuerdo con la propuesta presentada es al efecto de contribuir a la resolución del presente conflicto. No obstante deja sentado que queda pendiente de resolución la incorporación al salario básico de las sumas no remunerativas otorgadas en el último tramo del acuerdo, por lo que hacen reserva de negociar con la Cámara dicha cuestión.

Sin más, se da por finalizada la audiencia firmando ante mÃ, que certifico.

% 61 % MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución N'º' 1188/2010

Registro N'º' 1221/2010

Bs. As., 20/8/2010

VISTO el Expediente N'º' 1.372.100/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N'º' 14.250 (t.o. 2004), la Ley N'º' 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y CONSIDERANDO:

Que en las actuaciones de referencia tramita la solicitud de homologación del Acuerdo celebrado, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N'º' 362/03, entre...

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