Resolución 1172/2010

EmisorSecretaria de Trabajo
Fecha de la disposición 7 de Octubre de 2010

Jueves 7 de octubre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.003 37

ALVAREZ PORTAS, OSVALDO SORRENTINO, JUAN CARLOS MONTENEGRO, CARLOS SEYDELL,

GUSTAVO RAIDE, ROBERTO BRULLO y CARLOS CASELLA, en su carácter de Secretario General,

Adjunto, Gremial, de Interior, Tesorero, Prensa y de Acción Social, y los señores JUAN CARLOS BARREIRO y MIGUEL CAPPARELLI, Delegados del Personal de la EMPRESA, con el patrocinio letrado del Dr. JORGE BARANDIARAN, abogado T'º 37 F'º 639 CPACF, constituyendo domicilio legal en la calle Tte. Gral. Perón 2385 de C.A.B.A., en adelante EL SINDICATO, por una parte, y por la otra, la Lic. NORITA VIVIANA MORALES, en su carácter de Gerente de Recursos Humanos y Apoderada de C.C.R. S.A., con el patrocinio letrado del Dra. SANDRA GABRIELA ANTONIETTI, abogado T'º 35

F'º 892 CPACF, constituyendo domicilio en la calle Blanco Encalada 3202 de C.A.B.A. se presentan y dicen:

  1. Que las partes han convenido las nuevas escalas salariales vigentes para los perÃodos que van entre el 1'º de abril de 2010 hasta el 30 de junio de 2010, del 10 de julio de 2010 hasta el 30 de septiembre de 2010, y del 1'º de octubre de 2010 hasta el 31 de enero de 2011, que se adjuntan al presente y que como Anexo I se forman parte del mismo.

  2. Ambas partes señalan que los aumentos salariales acordados para los perÃodos acordados son los siguientes: del 1 de abril de 2010 hasta el 30 de junio de 2010 de un 7%, del 1'º de julio al 30 de septiembre de 2010 se incrementan en otro 7%, siendo necesario aclarar el carácter remunerativo en ambos casos que a partir del 1 de octubre de 2010 hasta el 31 de enero de 2011 se otorga un incremento del 7% sobre los salarios, pero el mismo reviste el carácter no remunerativo. Que a partir del 1 de febrero de 2011 el 7% de incremento otorgado a partir de octubre de 2010 pasa a revestir el carácter remunerativo integrando el salario, como asà se detalla en el mismo Anexo l. Asimismo, en marzo de 2011 las partes se comprometen a reunirse a efectos de negociar las escalas salariales de dicho año.

  3. LA EMPRESA se compromete a no absorber el rubro “a cuenta de futuros aumentos” ni ninguna otra modalidad y/o rubro y/o Ãtem, etc. que se encuentre abonando la empleadora al trabajador.

  4. Las partes se comprometen a ratificar el presente acuerdo ante el Ministerio de Trabajo,

Empleo y Seguridad Social de la Nación y ha solicitar su homologación en los términos de la ley 14.250. A tal efecto, se obligan a concurrir a las audiencias que al respecto se designen.

En el lugar y fecha antes indicados, se firman cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.

EMPRESA: CCR S.A.

CategorÃas Laborales según Convenio Colectivo de Trabajo N'º' 107/920

Básicos OCTUBRE 2009

Básicos ABRIL 2010

7% s/oct 09

Básicos JULIO 2010

14% s/oct 09

SUMA NO REMUNER.

Oct-10

7% Básicos Febrero 2011

21% s/oct 09

AREA DISEÑO Y ANALISIS DIRECTOR ENCARGADO PROYECTOS AUXILIAR INVESTIGACION 3.507,84 3753,39 3998,94 203,81 4244,49

3.006,72 3217,19 3427,66 174,69 3638,13

2.605,82 2788,23 2970,63 151,4 3153,04

AREA SISTEM. DE DATOS JEFE SUPERVISOR AUXILIAR 1'º AUXILIAR 2'º AUXILIAR 3'º DIBUJANTE 3.006,72 3217,19 3427,66 174,69 3638,13

2.605,82 2788,23 2970,63 151,4 3153,04

2.285,11 2445,07 2605,03 132,76 2764,98

2.064,61 2209,13 2353,66 119,95 2498,18

1.907,55 2041,08 2174,61 110,83 2308,14

2.064,55 2209,13 2353,66 119,95 2498,18

AREA TRABAJO DE CAMPO JEFE COORDIN. ENCUESTAS AUXILIAR 1'º AUXILIAR 2'º AUXILIAR 3'º 3.006,72 3217,19 3427,66 174,69 3638,13

2.605,82 2788,23 2970,63 151,4 3153,04

2.285,11 2445,07 2605,03 132,76 2764,98

2.064,61 2209,13 2353,66 119,95 2498,18

1.907,55 2041,08 2174,61 110,83 2308,14

AREA PROCES. DE DATOS PROGRAMADOR OPERADOR CTRO. COMPUTOS OPERADOR MESA DE CONTROL GRABOVERIFICADOR 3.006,72 3217,19 3427,66 174,69 3638,13

2.605,82 2788,23 2970,63 151,4 3153,04

2.285,11 2445,07 2605,03 132,76 2764,98

2.064,61 2209,13 2353,66 119,95 2498,18

AREA ADMINISTRACION JEFE DE CONTADURIA SECRET. GCIA. GRAL.

AUXILIAR 1'º AUXILIAR 2'º AUXILIAR 3'º GESTOR CADETE 18 A 21 AÑOS CADETE MENOS 18 AÑOS 3.006,72 3217,19 3427,66 174,69 3638,13

2.605,82 2788,23 2970,63 151,4 3153,04

2.285,11 2445,07 2605,03 132,76 2764,98

2.064,61 2209,13 2353,66 119,95 2498,18

1.907,55 2041,08 2174,61 110,83 2308,14

1.907,55 2041,08 2174,61 110,83 2308,14

1.846,27 1975,51 2104,75 107,27 2233,99

1.828,33 1956,31 2084,3 106,23 2212,28

REGIMEN DE ENCUESTADORES ENCUESTADOR CUALICUANTI ENCUESTADOR MOTIVACIONAL ENCUESTADOR TELEFONICO (valor hora) 175,80 188,11 200,41 10,21 212,74

226,02 241,84 257,66 13,13 273,48

17,36 18,58 19,79 1,01 21,01 % 37 % MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución N'º' 1172/2010

Registro N'º' 1229/2010

Bs. As., 20/8/2010

VISTO el Expediente N'º' 1.387.276/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N'º' 14.250 (t.o. 2004), la Ley N'º' 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y CONSIDERANDO:

Que a fojas 48/50 del expediente de referencia, obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DE PASTAS ALIMENTICIAS y la UNION DE INDUSTRIALES FIDEEROS DE LA REPUBLICA ARGENTINA (U.I.F.R.A.), conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N'º' 14.250 (t.o. 2004).

Que en dicho acuerdo, las partes pactan una actualización de las escalas salariales del Convenio Colectivo de Trabajo N'º' 142/90, con vigencia desde el 1 de mayo de 2010 hasta el 30 de abril de 2011, en los términos del...

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