Resolución 1019/2010

EmisorMinisterio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
Fecha de la disposición 6 de Octubre de 2010

Miércoles 6 de octubre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.002 49

Que sin perjuicio de lo expuesto, rige de pleno derecho el lÃmite de edad de afiliación, conforme surge de la modificación del artÃculo 13 de la Ley 23.551 por el artÃculo 21 de la Ley N'º26.390, con el alcance determinado por esta norma.

Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artÃculo 23 inciso 7'º de la Ley de Ministerios N'º22.520 (texto ordenado por Decreto N'º438/92) y sus modificatorias, y en atención a lo dispuesto por Decreto N'º355/02.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL RESUELVE:

ARTICULO 1

'º — Apruébase la modificación realizada al texto del Estatuto Social del SINDICATO DE OBREROS, EMPLEADOS Y ESPECIALISTAS DE LOS SERVICIOS E INDUSTRIAS DE LAS TELECOMUNICACIONES DE LA PAMPA, (S.O.E.E.S.I.T.L.P.), obrante a fojas 12/106 del Expediente N'º83.495/08, respecto de los artÃculos 22 inciso c), 45 inciso a) y 37, de conformidad con las disposiciones de la Ley N'º23.551 y Decreto Reglamentario N'º467/88. Los mencionados artÃculos pasarán a formar parte del texto del estatuto que fuera aprobado por Resolución N'º842 de fecha 10 de diciembre de 2002 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

ARTICULO 2

'º — Déjase expresa constancia que la presente aprobación tiene alcance meramente estatutario y no podrá ser invocada por la Asociación Sindical como una ampliación de su representatividad vigente en los términos y con los alcances previstos en la Ley N'º23.551.

ARTICULO 3

'º — Establécese que dentro del plazo de diez (10) dÃas a partir de la notificación de esta Resolución, la entidad deberá presentar ante la Autoridad de Aplicación el estatuto en la forma sintetizada que establece la Resolución N'º12 de fecha 10 de octubre de 2001 de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, encabezado por la presente Resolución, bajo apercibimiento de no dar curso a petición alguna que efectúe la entidad, sin perjuicio de aplicar las sanciones legales pertinentes.

ARTICULO 4

'º — RegÃstrese, comunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — Dr. CARLOS A. TOMADA, Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

% 49 % MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Resolución N'º1018/2010

Apruébase el texto del Estatuto Social de la Asociación de Docentes de Educación FÃsica (A.D.E.F.).

Bs. As., 27/9/2010

VISTO el Expediente N'º1.249.514/07 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N'º23.551, sus modificatorias por Ley N'º25.674 y Ley N'º26.390;

Decretos Reglamentarios N'º467/88 y N'º514/03, y CONSIDERANDO:

Que la ASOCIACION DE DOCENTES DE...

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