Resolución 4056/2010

Fecha de la disposición 5 de Octubre de 2010

Martes 5 de octubre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.001 17 % 17 % Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario PRODUCCION AVICOLA Resolución 4054/2010

AutorÃzase el pago de compensaciones.

Bs. As., 29/9/2010

VISTO el Expediente N'ºS01:0280939/2010 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, y CONSIDERANDO:

Que por la Resolución N'º9 de fecha 11 de enero de 2007 del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, se creó un mecanismo destinado a otorgar compensaciones al consumo interno a través de los industriales y operadores que vendan en el mercado interno productos derivados del trigo, maÃz, girasol y soja.

Que por la Resolución N'º40 de fecha 25 de enero de 2007 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION se facultó a la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, a establecer los mecanismos de eficiencia en el uso de los granos destinados a la alimentación de las distintas especies animales y a definir las clasificaciones de las mismas cuya producción será objeto de compensaciones.

Que mediante Resolución N'º746 de fecha 29 de enero de 2007 y sus modificatorias Nros.

189 de fecha 7 de enero de 2008 y 338 de fecha 22 de enero de 2009 todas de la mencionada Oficina Nacional, se incorporó a los establecimientos faenadores que adquieran granos de maÃz y/o soja destinados exclusivamente a la alimentación de aves, al mecanismo implementado por la mencionada Resolución N'º9/07 y su complementaria N'º40/07.

Que la referida Resolución N'º746/07 y sus modificatorias fijaron los parámetros para la determinación y pago de las correspondientes compensaciones.

Que resultan beneficiarios los establecimientos faenadores que adquieran granos de maÃz y/o soja destinados exclusivamente a la alimentación de aves para su posterior comercialización en el mercado interno como aves evisceradas enteras, trozadas y en todas las formas de comercialización existentes.

Que en tal marco se ha presentado la solicitud del frigorÃfico avÃcola, cuya Razón Social,

Expediente, Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) y Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.) se detallan en el Anexo que forma parte de la presente resolución.

Que la solicitud presentada por UNION AGRICOLA DE AVELLANEDA COOP.LTDA.(C.U.I.T.

N'º30-50191240-5), que se detalla en el mencionado Anexo, fue sujeta a análisis por el Area de Compensaciones de la citada Oficina Nacional de acuerdo a la normativa vigente, conforme surge del informe técnico obrante a fojas 1/3.

Que asimismo, la Coordinación del Area de Compensaciones de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO intervino favorablemente a fojas 27.

Que se ha cumplimentado con la presentación de la documentación necesaria a los fines de resultar acreedora del beneficio de compensación con posterioridad a la entrada en vigencia de la Resolución N'º145 de fecha 7 de septiembre de 2007 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, acompañándose la respectiva nota emitida por el Secretario de Comercio Interior que se encuentra agregada a fojas 9.

Que la Coordinación del Area de Compensaciones, considera que resulta procedente aprobar la solicitud correspondiente a la presentación que se detalla a fojas 28, que la misma no han merecido observaciones y por ello, autorizar el pago de la compensación solicitada.

Que, en consecuencia, atento a lo manifestado precedentemente, corresponde proceder a autorizar el pago de la compensación solicitada conforme los montos verificados en el informe técnico mencionado y que se encuentran detallados en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida.

Que la Coordinación Legal y Técnica de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO ha tomado la intervención que le compete.

Que la Dirección General de Asuntos JurÃdicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto administrativo en virtud de las facultades conferidas por el Decreto N'º1067 de fecha 31 de agosto de 2005 y por las Resoluciones Nros. 9 de fecha 11 de enero de 2007 y 40 de fecha 25 de enero de 2007, ambas del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO RESUELVE:

ArtÃculo 1'º â Apruébase la compensación solicitada por el frigorÃfico avÃcola que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución, la que asciende a la suma total de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO CON SESENTA Y SEIS CENTAVOS ($236.798,66), por los motivos expuestos en los...

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