Resolución 999/2010

EmisorSecretaria de Trabajo
Fecha de la disposición28 de Septiembre de 2010

Martes 28 de setiembre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 31.996 48 te, compensatorio de eventuales diferencias correspondientes a la liquidación del adicional salarial establecido en la Cláusula 13 del CCT 264/94.

QUINTA: EL SINDICATO presta su expresa conformidad con la propuesta formulada por LA EMPRESA y la acepta. Ambas partes de común acuerdo establecen que el pago de la suma acordada en la cláusula cuarta, que corresponde liquidar a cada trabajador alcanzado por el presente acuerdo se realizará en una única cuota, que será liquidada durante el mes de mayo de 2010 siendo consignado en el recibo correspondiente bajo el concepto “Gratificación Extraordinaria No Remunerativa” “Acta Acuerdo abril 2010”. Finalmente, acuerdan que el monto de la Gratificación Extraordinaria No Remunerativa que abonará LA EMPRESA a cada trabajador será absorbible y compensable hasta su concurrencia con cualquiera suma que eventualmente pudiera reclamarse por este concepto.

SEXTA: Ambas partes manifiestan que prestan conformidad expresa con el acuerdo alcanzado. En consecuencia, y entendiendo que existe una justa composición de derechos e intereses, se comprometen a presentar el presente acuerdo en el expediente N'º1.354.945/09 en trámite por ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y a solicitar su homologación/registración en los términos del art. 15 de la L.C.T. y normas concordantes. Asimismo las partes acuerdan que la efectivización y vigencia del presente acuerdo dependerá de la homologación/registración del mismo por parte del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad de la Nación.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 21 dÃas del mes de abril de 2010, en prueba de buena fe y conformidad, se firman cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.

% 48 % MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución N'º998/2010

Registro N'º1046/2010

Bs. As., 23/7/2010

VISTO el Expediente N'º1.381.213/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N'º14.250 (t.o. 2004), la Ley N'º20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y CONSIDERANDO:

Que se solicita la homologación del acuerdo suscripto entre la UNION DEL PERSONAL JERARQUICO DE EMPRESAS DE TELECOMUNICACIONES (U.P.J.E.T) y la empresa TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, obrante a fojas 2 de autos, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N'º14.250 (t.o. 2004).

Que bajo el acuerdo traÃdo a estudio se actualiza el valor del Subsidio por GuarderÃa previsto en el artÃculo 42 del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N'º497/02 “E”.

Que el Convenio Colectivo de referencia fue oportunamente suscripto por las partes del presente y la FEDERACION DE ORGANIZACIONES DEL PERSONAL DE SUPERVISION Y TECNICOS TELEFONICOS ARGENTINOS.

Que en consecuencia y respecto al ámbito personal y territorial de aplicación del acuerdo, se establece exclusivamente para los trabajadores representados por la entidad sindical celebrante, comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N'º497/02 “E” y que laboran para la empresa TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA.

Que la AsesorÃa Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N'º14.250 (t.o. 2004).

Que las partes han acreditado la representación invocada ante esta Cartera de Estado y ratificaron en todos sus términos mentado acuerdo.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N'º900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE:

ARTICULO 1

'º — Declárase homologado el acuerdo suscripto entre la UNION PERSONAL JERARQUICO DE EMPRESAS DE TELECOMUNICACIONES (U.P.J.E.T.) y la empresa TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, obrante a fojas 2 del Expediente N'º1.381.213/10, conforme a lo dispuesto en la Ley N'º14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2

'º — RegÃstrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo, obrante a fojas 2 del Expediente N'º1.381.213/10.

ARTICULO 3

'º — RemÃtase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4

'º — NotifÃquese a las partes signatarias. Cumplido procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N'º497/02 “E”.

ARTICULO 5

'º â Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuita del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR