Resolución 998/2010
Emisor | Secretaria de Trabajo |
Fecha de la disposición | 28 de Septiembre de 2010 |
Martes 28 de setiembre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 31.996 48 te, compensatorio de eventuales diferencias correspondientes a la liquidación del adicional salarial establecido en la Cláusula 13 del CCT 264/94.
QUINTA: EL SINDICATO presta su expresa conformidad con la propuesta formulada por LA EMPRESA y la acepta. Ambas partes de común acuerdo establecen que el pago de la suma acordada en la cláusula cuarta, que corresponde liquidar a cada trabajador alcanzado por el presente acuerdo se realizará en una única cuota, que será liquidada durante el mes de mayo de 2010 siendo consignado en el recibo correspondiente bajo el concepto âGratificación Extraordinaria No Remunerativaâ âActa Acuerdo abril 2010â. Finalmente, acuerdan que el monto de la Gratificación Extraordinaria No Remunerativa que abonará LA EMPRESA a cada trabajador será absorbible y compensable hasta su concurrencia con cualquiera suma que eventualmente pudiera reclamarse por este concepto.
SEXTA: Ambas partes manifiestan que prestan conformidad expresa con el acuerdo alcanzado. En consecuencia, y entendiendo que existe una justa composición de derechos e intereses, se comprometen a presentar el presente acuerdo en el expediente N'º1.354.945/09 en trámite por ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y a solicitar su homologación/registración en los términos del art. 15 de la L.C.T. y normas concordantes. Asimismo las partes acuerdan que la efectivización y vigencia del presente acuerdo dependerá de la homologación/registración del mismo por parte del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad de la Nación.
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 21 dÃas del mes de abril de 2010, en prueba de buena fe y conformidad, se firman cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.
% 48 % MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución N'º998/2010
Registro N'º1046/2010
Bs. As., 23/7/2010
VISTO el Expediente N'º1.381.213/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N'º14.250 (t.o. 2004), la Ley N'º20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y CONSIDERANDO:
Que se solicita la homologación del acuerdo suscripto entre la UNION DEL PERSONAL JERARQUICO DE EMPRESAS DE TELECOMUNICACIONES (U.P.J.E.T) y la empresa TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, obrante a fojas 2 de autos, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N'º14.250 (t.o. 2004).
Que bajo el acuerdo...
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