Resolución 221 - E.

Fecha de disposición13 Septiembre 2016
Fecha de publicación13 Septiembre 2016
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

Resolución 221 - E/2016

Buenos Aires, 21/07/2016

VISTO el Expediente Nº 1.719.477/16 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, Ley Nº 23.546 (t.o. 2004), y

CONSIDERANDO:

Que se solicita la homologación del acuerdo celebrado entre la FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA (F.A.T.S.A.) por el sector sindical y la ASOCIACIÓN DE HOSPITALES DE COLECTIVIDADES PARTICULARES SIN FINES DE LUCRO por la parte empleadora, el que luce a fojas 2/5 del Expediente Nº 1.720.474/16 agregado como fojas 6 al Expediente Nº 1.719.477/16 y ha sido ratificado a fojas 36 y 37 de autos.

Que bajo dicho acuerdo las partes precitadas establecen un incremento salarial respecto del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 103/75, el que en primer término será de naturaleza no remunerativa y luego irá adquiriendo carácter remunerativo, todo en los términos y conforme los lineamientos establecidos en el mismo.

Que conforme antecedentes existentes por ante ésta Autoridad de Aplicación las partes se encuentran conjuntamente legitimadas para alcanzar los acuerdos que motivan el presente acto.

Que cabe reiterar lo oportunamente sostenido en el Considerando quinto de Resolución Secretaria de Trabajo Nº 731, de fecha 4 de diciembre de 2015 y en consecuencia dejar constancia que el acuerdo celebrado resultará de aplicación dentro del ámbito de representación personal y territorial conjunta de las partes celebrantes, pero no comprende a los trabajadores representados por el SINDICATO ARGENTINO DE FARMACÉUTICOS Y BIOQUÍMICOS conforme agrupe y zona de actuación emergente de su Personería Gremial otorgada mediante Resolución Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Nº 480/10 (ver fojas 47/54) y extensión territorial del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 622/11 que fuera resuelta mediante Resolución Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (M.T.E. y S.S.) Nº 861, de fecha 10 de septiembre de 2013.

Que con relación al ámbito personal y territorial de aplicación del acuerdo se corresponde con el del Convenio Colectivo de Trabajo 103/75 cuyas escalas salariales modifica y sin perjuicio de lo expuesto precedentemente.

Que dicho ámbito de aplicación se corresponde y circunscribe a la estricta correspondencia de la representatividad conjunta de las partes celebrantes.

Que respecto a su ámbito temporal, se fija su vigencia por el término de DOCE (12) meses a partir del día 1 de junio de 2016, de conformidad con lo expresamente pactado por sus celebrantes.

Que teniéndose en consideración lo estipulado en la cláusula 4.- del acuerdo, resulta procedente hacer saber a las partes que la atribución de carácter no remunerativo a conceptos que componen el ingreso a percibir por los...

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