Resolución 1164/2010

EmisorSecretaria de Trabajo
Fecha de la disposición23 de Septiembre de 2010

Jueves 23 de setiembre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 31.993 82

Fabricación de acumuladores eléctricos (Rama BaterÃas) Vigencia desde el 01/03/2011 al 31/03/2011 % 82 % MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución N'º1164/2010

Registro N'º1207/2010

Bs. As., 13/8/2010

VISTO el Expediente N'º1.383.529/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N'º14.250 (t.o. 2004), el Decreto N'º900 de fecha 29 de junio de 1995, y CONSIDERANDO:

Que se solicita la homologación del acuerdo suscripto entre la UNION OBRERA MOLINERA ARGENTINA y el CENTRO DE EMPRESAS PROCESADORAS AVICOLAS (CEPA), obrante a fojas 10/11 de autos, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N'º14.250 (t.o. 2004).

Que al respecto es dable destacar que por el acuerdo traÃdo a estudio las partes incrementan los sueldos básicos correspondientes a los trabajadores comprendidos en la Rama Fabricantes de Alimentos Balanceados AvÃcolas del Convenio Colectivo de Trabajo N'º66/89.

Que el ámbito territorial y personal del mismo se corresponde con el alcance de representación de la entidad empresaria signataria y la representatividad de la parte sindical firmante, emergente de su personerÃa gremial.

Jueves 23 de setiembre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 31.993 83

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la AsesorÃa Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N'º14.250 (t.o. 2004).

Que las partes han acreditado la representación invocada ante esta Cartera de Estado y ratificaron en todos sus términos el mentado Acuerdo.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el acuerdo alcanzado, se procederá a remitir el Expediente citado en el Visto a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin que por su intermedio se proceda a evaluar la pertinencia de efectuar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad con lo establecido por el ArtÃculo 245 de la Ley N'º20.744 (t.o.

1976) y sus modificatorias.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N'º900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE:

ARTICULO 1

'º â Declárase homologado acuerdo suscripto entre la UNION OBRERA MOLINERA ARGENTINA y el CENTRO DE EMPRESAS PROCESADORAS AVICOLAS (CEPA), obrante a fojas 10/11 del Expediente N'º1.383.529/10, conforme a lo dispuesto en la Ley...

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