Resolución 57/2010

EmisorSecretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional
Fecha de la disposición23 de Septiembre de 2010

Jueves 23 de setiembre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 31.993 33

Editor: UTOPIAS EDITORIAL DE JORGE NAVONE Editor: CULTURAL TIERRA DEL FUEGO EDITORA 4863545 Obra Publicada Género: INTERES GENERAL TÃtulo: NOCHES DE PLACER Autor: GOVAN FRANCESCO STRAPAROLA (ORIGINAL) Traductor: LILA L WEINSCHELBAUM Editor: DE LA FLOR SRL EDICIONES 4863547 Obra Publicada Género: LITERARIO TÃtulo: FRANCIS LA PRINCESA DEL AMOR Autor: FRANCIS Autor: LEANDRO ANTONIO BARRIOS Editor: NELIDA BEATRIZ MARTELETTI 4863548 Obra Publicada Género: INTERES GENERAL TÃtulo: DICCIONARIO EXPRES INGLES ESPAÑOL Autor: ANONIMO Autor: SONIA N GARDIENS Editor: GRUPO IMAGINADOR DE EDICIONES 4863549 Obra Publicada Género: CIENTIFICO TÃtulo: ESCENARIO SOCIAL COMPLEJO LA CONSTRUCCION INTERDISCIPLINARIA DE LA INTERVENCION Autor: SUSANA MALACALZA Autor: VERONICA CRUZ Editor: DE LA CAMPANA DE RAUL ALEJANDRO CAMPAÑARO 4863550 Obra Publicada Género: HISTORIETA TÃtulo: LUCHA PELUCHE 1 Autor: EL NIÑO RODRIGUEZ Editor: DE LA FLOR SRL EDICIONES 4863551 Obra Publicada Género: HISTORIETA TÃtulo: MAFALDA & FRIEND S 8 Autor: QUINO (RESIDE EN EL EXTERIOR) Traductor: ANDREW GRAHAM YOOLL Editor: DE LA FLOR SRL EDICIONES 4863552 Obra Publicada Género: HISTORIETA TÃtulo: EL INFANTE DANTE ELEFANTE Autor: J J ROVELLA Editor: DE LA FLOR SRL EDICIONES 4863553 Obra Publicada Género: HISTORIETA TÃtulo: GATURRO 15 Autor: NICK Autor: LAURA LOSOVIZ Editor: DE LA FLOR SRL EDICIONES 4863554 Obra Publicada Género: HISTORIETA TÃtulo: GATURRO 14 Autor: NIK Autor: LAURA LOSOVIZ Editor: DE LA FLOR SRL EDICIONES 4863557 Obra Publicada Género: PROGRAMA DE RADIO TÃtulo: ROCK AND RUGBY Autor/Titular: ALEJANDRO DARIO ZERBINI RAUSA Autor/Titular: VICTOR MARTIN ANTUÑEZ Autor/Titular: AGUSTIN OLIVERO Autor/Titular: RICARDO JORGE GOMEZ MONZO Editor: WWW.FRECUENCIA.WEB.COM 4863561 Obra Publicada Género: FONOGRAMA TÃtulo: VA MONOS Productor: ANTONIO SAMBRIZZI Dr. FEDERICO O. MOLLEVI, Director, Dirección Nacional del Derecho de Autor.

e. 23/09/2010 N'º111675/10 v. 23/09/2010 % 33 % ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS ADUANA DE BARILOCHE VISTO las actuaciones contenciosas que se detallan y atento la incomparencia de los imputados dentro del término conferido para contestar laVista, se les declara REBELDES en virtud de lo normado por el ArtÃculo 1105 del Código Aduanero. CONSIDERASE domicilio constituido en los estrados de esta Aduana, conforme los términos del ArtÃculo 1004 del Código Aduanero. NOTIFIQUESE.

ACTUACION IMPUTADO DOCUMENTO INFRACCION SC04-09-031 SANABRIA RAMON D.N.I. 22.221.566 986 C.A.

SC04-09-005 PAUQUET STEPHANE A. PP (FR) 05HH06666 970 C.A.

Por ignorarse el domicilio de la Sra. Marta Nolfa RAIN BARRIGA, C.I. (Chile) N'º' 6.660.380-6 desde Sumario Contencioso SC04-10-019 instruido por la presunta comisión de la infracción prevista por el ArtÃculo 977 del Código Aduanero, se la cita para que en el término de diez (10) dÃas hábiles de notificada la presente comparezca en la Aduana de Bariloche con domicilio en Vicealmirante O’Connor 930, 3'º Piso de la ciudad homónima los efectos de presentar su descargo, ofrezca prueba y acompañe la documental que estuvieren en su poder. Si no la tuviere la individualizará indicando su contenido, el lugar y la persona en cuyo poder se encontrare (Art. 1101 CA.), todo ello bajo apercibimiento de ser declarado REBELDE (Art. 1105 CA.). Asimismo deberán constituir domicilio dentro del radio urbano de esta Aduana, bajo apercibimiento (Arts. 1004, 1005 y 1013 inc. g) del CA. En caso de comparecer por interpósita persona, deberán hacerlo en los términos del Art. 1030 del CA. En las presentaciones que se planteen o se debatan cuestiones jurÃdicas será obligatorio el patrocinio letrado (Art. 1034 CA.). Que, atento a la infracción que se le imputa, tiene el derecho de gozar de los beneficios establecidos en los ArtÃculos 930/932 del Código Aduanero, abonando antes del vencimiento del plazo para contestar esta vista la multa mÃnima prevista, que asciende a PESOS DOS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON DIECISIETE CENTAVOS ($' 2.444,17).

Asimismo se le hace saber que los tributos que gravan la importación a consumo de la mercaderÃa involucrada ascienden a DOLARES SEISCIENTOS DIECISEIS CON VEINTICUATRO CENTAVOS ($' 616,24). — Fdo.: MARIO MANUEL MOLINA, Administrador, Aduana de Bariloche.

e. 23/09/2010 N'º111409/10 v. 23/09/2010 % 33 % MINISTERIO DE INDUSTRIA SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL Resolución N'º57/2010

Bs. As., 20/9/2010

VISTO el Expediente N'ºS01:0297631/2010 del Registro del MINISTERIO DE INDUSTRIA, lo dispuesto en la Ley N'º25.300, en los Decretos Nros. 1074 de fecha 24 de agosto de 2001, 919 de fecha 28 de junio de 2010, 964 y 969, ambos de fecha 1 de julio de 2010, y CONSIDERANDO:

Que a partir del dictado del Decreto N'º919 de fecha 28 de junio de 2010, la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA se halla en la órbita de aplicación del MINISTERIO DE INDUSTRIA con los objetivos allà establecidos.

Que mediante el dictado del Decreto N'º964 de fecha 1 de julio de 2010 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional Centralizada hasta nivel SubsecretarÃa del MINISTERIO DE INDUSTRIA, asignándole a la SUBSECRETARIA DE PROMOCION AL FINANCIAMIENTO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del citado Ministerio, competencia en todo lo relativo a las Pequeñas y Medianas Empresas, entendiendo en la aplicación de las normas correspondientes a la Ley N'º25.300 y de las disposiciones dictadas en consecuencia, en su carácter de Autoridad de Aplicación.

Que mediante la Disposición N'º72 de fecha 1 de febrero de 2010 de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO se procedió a aprobar el Modelo de Convenio de Reafianzamiento de Operaciones Individuales con Fondos de GarantÃa a suscribirse en el marco del FONDO DE GARANTIA PARA LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA (FOGAPYME).

Que en la reunión de fecha 2 de julio de 2010, y a los efectos de contemplar las diferentes situaciones que plantea cada Fondo de GarantÃa, el Comité de Administración resolvió aprobar, según se refleja en el Acta N'º140, que los valores correspondientes a los porcentajes de cobertura, de comisión y plazos operativos, establecidos en las Cláusulas 2.3., 4.2.1. y 5.1.2. del Anexo II de la Disposición N'º72/10 de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL respectivamente, se determinen en oportunidad de la aprobación de cada Convenio particular, modificándose en cada oportunidad, en su caso, los valores establecidos en dicho Anexo II.

Que en virtud de lo expresado precedentemente el Comité de Administración, en su reunión de fecha 4 de agosto de 2010, según refleja el Acta N'º142, propuso los valores correspondientes a porcentajes de cobertura, de comisión y plazos operativos, establecidos en las Cláusulas 2.3, 4.2.1. y 5.1.2. del Anexo II de la Disposición 72/10 de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL, respecto del convenio a firmar con el FONDO DE GARANTIAS DE BUENOS AIRES S.A.P.E.M. (FOGABA).

Que por lo expuesto, resulta oportuno aprobar el Modelo de Convenio de Reafianzamiento a suscribir con el FONDO DE GARANTIAS DE BUENOS AIRES S.A.P.E.M. (FOGABA) incorporando las modificaciones propuestas a las Cláusulas 4.2.1. y 5.1.2. del Modelo de Convenio aprobado en el Anexo II de la Disposición N'º72/10 de la ex SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL.

Que corresponde entonces, proceder al dictado del correspondiente acto administrativo mediante el cual se...

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