Resolución 2852/2003

Fecha de disposición11 Agosto 2003
Fecha de publicación11 Agosto 2003
SecciónResoluciones
Número de Gaceta30210

Ente Nacional Regulador del Gas Ente Nacional Regulador del Gas

TARIFAS

Resolución 2852/2003

Autorízase a Gas Nea S.A. a aplicar el procedimiento respecto de la incidencia tarifaria de la tasa por Inspección de Higiene, Sanitaria, Profilaxis y Seguridad del Municipio de Oro Verde, Provincia de Entre Ríos, para los importes facturados a usuarios del servicio de distribución de gas por redes.

Bs. As., 31/7/2003

VISTO el Expediente N° 8050 del Registro del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), la Ley N° 24.076, el Decreto Reglamentario N° 1738/92 y el Punto 9.6.2 de las Reglas Básicas de las Licencias de Distribución y

CONSIDERANDO:

Que el punto 9.6.2 de las Reglas Básicas de la Licencia de Distribución, establece que las variaciones de costos que se originen en cambios en las normas tributarias (excepto en el impuesto a las ganancias o el impuesto que lo reemplace o sustituya) serán trasladadas a las tarifas de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 41 de la Ley N° 24.076.

Que de la presentación efectuada por GAS NEA S.A. surge la Municipalidad de Oro Verde -Pcia. de Entre Ríos- ha modificado la tasa por Inspección de Higiene, Sanitaria, Profilaxis y Seguridad.

Que tales cambios en la norma tributaria se originaron en lo dispuesto en el Artículo 8°, Título II de la Ordenanza N° 38 correspondiente al año 2000, con vigencia a partir del 1 de enero de 2001.

Que dicha norma fija una alícuota del 1.5% sobre los ingresos brutos mensuales para las empresas proveedoras de gas, mientras que la Ordenanza N° 20/97 en su Artículo 8°, Título II establecía una alícuota del 1.2%, incidencia que se ha considerado incluida en la tarifa originalmente definida.

Que la Licenciataria ha acompañado la documentación necesaria a fin de demostrar la incidencia del cambio tributario en el costo del servicio.

Que esta Autoridad Regulatoria se encuentra facultada para el dictado del presente acto en virtud de lo establecido por el inciso (f) del Artículo 52 de la Ley 24.076.

Por ello,

EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS

RESUELVE

Artículo 1°

Autorizar a GAS NEA S.A., a partir del 1 de junio de 2003, la aplicación del procedimiento definido en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución, respecto a la incidencia tarifaria de la Tasa por Inspección de Higiene, Sanitaria, Profilaxis y Seguridad del Municipio de Oro Verde - Provincia de Entre Ríos, aprobada por la Ordenanza N° 38/00, para los importes facturados a...

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