Resolución 82/2003
Fecha de disposición | 07 Agosto 2003 |
Fecha de publicación | 07 Agosto 2003 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 30208 |
Secretaría de Energía Secretaría de Energía
ENERGIA ELECTRICA
Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y el Cálculo de Precios. Aplicación de lo dispuesto por el último párrafo "in fine" del punto 2.11.5 del Capítulo 2, "Precios Estacionales". Seguimiento quincenal del estado del Fondo de Estabilización del Mercado Eléctrico Mayorista y del Mercado Eléctrico Mayorista del Sistema Patagónico.
Bs. As., 25/7/2003
VISTO el Expediente N° S01:0128768/2003 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, la Resolución SECRETARIA DE ENERGIA N° 246 del 4 de julio de 2002, la Resolución SECRETARIA DE ENERGIA N° 317 del 18 de julio de 2002, la Resolución SECRETARIA DE ENERGIA N° 126 del 11 de octubre de 2002, la Resolución SECRETARIA DE ENERGIA N° 1 del 2 de enero de 2003, la Resolución SECRETARIA DE ENRGIA N° 21 del 11 de julio de 2003, y
CONSIDERANDO:
Que la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA) ha elevado a la SECRETARIA DE ENERGIA la Reprogramación Trimestral Definitiva de Invierno para el MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) y la Reprogramación Trimestral Definitiva de Invierno para el MERCADO ELECTRICO MAYORISTA DEL SISTEMA PATAGONICO (MEMSP), realizadas de acuerdo a lo estipulado en "Los Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y el Cálculo de Precios" (LOS PROCEDIMIENTOS) aprobados por Resolución N° 61 del 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARIA DE ENERGIA ELECTRICA, entonces dependiente del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, sus modificatorias y complementarias y la adecuación transitoria determinada por el Artículo 1° de la Resolución SECRETARIA DE ENERGIA N° 1 del 2 de enero de 2003.
Que atento la situación de emergencia económica y social que sufren particularmente determinados segmentos de la demanda resulta necesario modular el impacto del marcado incremento estacional que técnicamente sería necesario implementar de inmediato, distribuyéndolo a futuro.
Que resulta conveniente realizar un seguimiento quincenal del estado del Fondo de Estabilización del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) y del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA DEL SISTEMA PATAGONICO (MEMSP).
Que la SECRETARIA DE ENERGIA oportunamente realizará, si fuera menester, las adecuaciones que juzgue necesaria implementar a los efectos de determinar criterios...
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