Resolución 38/2003

Fecha de disposición15 Agosto 2003
Fecha de publicación15 Agosto 2003
SecciónResoluciones
Número de Gaceta30214

Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa

NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR

Resolución 38/2003 Solicitudes de modificación. Presentación de interesados.

Bs. As., 12/8/2003

VISTO el Expediente N° S01:0122247/2003 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS N° 329 de fecha 23 de octubre de 1996 la entonces SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA quedó facultada para comunicar, mediante consulta pública, las solicitudes de modificación de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) registradas a nivel nacional, como así también aquellas presentadas por los restantes Estados Parte del Mercado Común del Sur (MERCOSUR) ante el Comité Técnico N° 1 "Aranceles, Nomenclatura y Clasificación de Mercaderías".

Que en el ámbito de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION se hallan registradas solicitudes que se ponen en conocimiento de los sectores productivos involucrados, en cumplimiento de lo dispuesto por la Resolución ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS N° 329/96.

Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y Minería, dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por la Resolución ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS y SERVICIOS PUBLICOS N° 329/96.

Por ello,

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

RESUELVE:

Artículo 1°

Se lleva a conocimiento público que se han registrado en el ámbito de esta Secretaría las siguientes solicitudes de modificación de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) que se indican en las TRES (3) planillas que, como Anexo I, forman parte integrante de la presente resolución.

Art. 2°

Los interesados en manifestarse sobre las referidas solicitudes de modificación de las alícuotas deberán hacerlo mediante nota. Para los casos de reducción de alícuota, se adjuntará a la nota el formulario, completado en forma íntegra, compuesto por DOS (2) planillas que, como Anexo II, forman parte integrante de la presente resolución.

Art. 3°

La documentación a que alude el...

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