Resolución 451/2003

Fecha de disposición06 Octubre 2003
Fecha de publicación06 Octubre 2003
SecciónResoluciones
Número de Gaceta30249

COMISION NACIONAL DE VALORES Resolución General 451/2003 Modificación transitoria del Artículo 3° del Capítulo XXV de las Normas (N COMISION NACIONAL DE VALORES

Resolución General 451/2003

Modificación transitoria del Artículo 3° del Capítulo XXV de las Normas (N.T. 2001).

Bs. As., 1/10/2003

VISTO el Expediente N° 637/2002, caratulado "MERCADO DE VALORES DE CORDOBA S.A. s/Proyecto de Circular sobre concertación de operaciones en Contado Inmediato", y

CONSIDERANDO:

Que atento la situación por la que atravesaba el sistema financiero nacional, y el mercado de capitales en particular, el MERCADO DE VALORES DE CORDOBA S.A. solicitaba a este Organismo que autorizara la reanudación de la operatoria de contado inmediato (T+ 0).

Que esta Comisión, con fecha 25 de julio de 2002, dictó la Resolución General N° 414 que incorporó el artículo 48 al Capítulo XXXI -Disposiciones transitorias- de las NORMAS (N.T. 2001), exceptuando al MERCADO DE VALORES DE CORDOBA S.A., transitoriamente, hasta el 30 de septiembre de 2002, del cumplimiento del artículo 3° del Capítulo XXV de las NORMAS (N.T. 2001).

Que corresponde tener presente que el artículo 3° inciso b) del Capítulo XXV de las NORMAS (N.T. 2001) establece un plazo único de liquidación de operaciones de contado de TRES (3) días (T+3).

Que el citado artículo recoge las prescripciones contenidas en la Resolución General N° 248 (y sus complementarias Resoluciones Generales N° 259, 265 y 266, respectivamente), reglamentaria del artículo 78 de la Ley N° 24.241.

Que asimismo se conformó el texto de la Circular N° 688 del MERCADO DE VALORES DE CORDOBA S.A., reglamentaria de la operatoria de contado inmediato.

Que posteriormente se dictó la Resolución General N° 424 que sustituyó el texto del citado artículo 48, exceptuando nuevamente al MERCADO DE VALORES DE CORDOBA S.A., con carácter transitorio y hasta el 30 de septiembre de 2003, del cumplimiento del inciso b) del artículo 3° del Capítulo XXV de las NORMAS (N.T. 2001).

Que asimismo se procedió a autorizar la Circular N° 690 -que sustituye el texto la Circular N° 688- de ese Mercado de Valores referida a "Concertación de Operaciones de Títulos Públicos y Privados en el Plazo de Contado Inmediato" con el objeto de prorrogar la vigencia de esta operatoria.

Que subsistiendo las condiciones que motivaron el dictado de la Resolución General N° 424, resulta atendible acceder a lo solicitado y mantener la vigencia de la...

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