Resolución 73/2003

Fecha de disposición22 Octubre 2003
Fecha de publicación22 Octubre 2003
SecciónResoluciones
Número de Gaceta30260

Secretaría de Coordinación Técnica METROLOGIA LEGAL Resolución 73/2003 Consígnanse los instrumentos sobre los cuales el Instituto Nacional de Tecnología Industrial ejercerá las funciones conferidas por el Decreto N° 788 del 18 de setiembre de 2003 Secretaría de Coordinación Técnica

METROLOGIA LEGAL

Resolución 73/2003

Consígnanse los instrumentos sobre los cuales el Instituto Nacional de Tecnología Industrial ejercerá las funciones conferidas por el Decreto N° 788 del 18 de setiembre de 2003.

Bs. As., 17/10/2003

VISTO el Expediente N° S01:0187125/2003 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la Ley N° 19.511 y el Decreto N° 788 del 18 de setiembre de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 30 de la ley citada en el Visto determina que el contraste periódico y vigilancia de uso de los instrumentos de medición los ejercerá exclusivamente la Nación, en la forma que la reglamentación establezca, en cuanto se refiera a los instrumentos usados en: a) oficinas públicas nacionales; b) jurisdicción federal, sean propiedad de entes públicos o privados; c) operaciones que se relacionen con el comercio internacional o interprovincial o con cualquier otro uso que la reglamentación establezca.

Que conforme lo establecido por el inciso b) del Artículo 3° del decreto citado en el Visto se ha asignado al INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL, organismo autárquico dependiente de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, entre otras, la función de efectuar, en todo instrumento de medición reglamentado, la verificación periódica por sí o por terceros y la vigilancia de uso en todo el territorio de la Nación sobre aquellos instrumentos contemplados en el Artículo 30 de la Ley N° 19.511 que determine la SECRETARIA DE COORDINACION TECNICA.

Que resulta necesario consignar los instrumentos sobre los cuales el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL ejercerá las funciones descriptas en el considerando precedente.

Que, asimismo, es necesario fijar en todo el país la periodicidad máxima del contraste de los instrumentos de medición reglamentados.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente resolución se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto N° 788 del 18 de setiembre de 2003.

Por ello,

EL SECRETARIO DE COORDINACION TECNICA

RESUELVE:

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