Resolución 199/2003

Fecha de disposición04 Diciembre 2003
Fecha de publicación04 Diciembre 2003
SecciónResoluciones
Número de Gaceta30291

Secretaría de Hacienda Secretaría de Hacienda

ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL

Resolución 199/2003

Apruébase el procedimiento para el cierre de operaciones presupuestarias, contables y financieras de los Servicios Administrativo Financieros que operan en el sistema de la Cuenta Unica del Tesoro, que se transformen, fusionen, escindan o disuelvan.

Bs. As., 1/12/2003

VISTO los procesos que lleva a cabo el Gobierno Nacional en materia de Reforma del Estado, perfeccionando el aparato estatal, al disponer la modificación de Entidades y Jurisdicciones de la Administración Pública Nacional y la Resolución N° 10 de la SECRETARIA DE HACIENDA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, de fecha 26 de enero de 1999, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución del VISTO establece un procedimiento para los Servicios Administrativo Financieros que en virtud de una norma legal se transformen, fusionen, escindan o disuelvan, transfiriendo los saldos de sus cuentas escriturales registrados en el sistema de la Cuenta Unica del Tesoro al Organismo continuador o al TESORO NACIONAL, según corresponda.

Que por otra parte resulta conveniente sustituir los contenidos de la citada Resolución, para que de esa forma alcance a todos los procesos administrativos necesarios para el cierre de las operaciones presupuestarias, contables y financieras de las Entidades y Jurisdicciones que se modifiquen.

Que en la oportunidad se han expedido los órganos Rectores de la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO de la SECRETARIA DE HACIENDA.

Que el presente acto se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 6° y concordantes de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional.

Por ello,

EL SECRETARIO DE HACIENDA

RESUELVE:

Artículo 1°

Apruébase el Procedimiento para el cierre de operaciones presupuestarias, contables y financieras de los Servicios Administrativo Financieros que operan en el sistema de la Cuenta Unica del Tesoro, que se transformen, fusionen, escindan o disuelvan, que se adjunta como Anexo I y que forma parte integrante de la presente Resolución.

Art. 2°

Los titulares de los Servicios Administrativo Financieros que se transformen, fusionen, escindan o disuelvan serán responsables de la realización de la totalidad de las operaciones necesarias a fin de transferir los saldos bancarios disponibles al Organismo continuador o a quien la norma respectiva lo indique, como así también, de la elaboración de los proyectos de modificación presupuestaria pertinentes.

Art. 3°

Cuando razones operativas impidan que el Servicio Administrativo que deja de funcionar proceda de acuerdo a lo previsto en el artículo anterior, tales funciones serán asumidas en forma plena por las autoridades del Organismo continuador.

Art. 4°

A los fines del artículo precedente, las normas que dispongan transformaciones, fusiones, escisiones o disoluciones de Organismos de la Administración Nacional, deberán determinar la Entidad o Jurisdicción que tendrá a su cargo la responsabilidad de continuar con las tareas de registro, confección de estados contables y presupuestarios, como así también, la...

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