Resolución 266/2003

Fecha de disposición02 Diciembre 2003
Fecha de publicación02 Diciembre 2003
SecciónResoluciones
Número de Gaceta30289

Servicio Nacional de Sanidad Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

SANIDAD ANIMAL

Resolución 266/2003

Suspéndese la validez de los certificados de uso y comercialización de los productos hormonales anabolizantes que se administren por implante subcutáneo, de uso en medicina veterinaria.

Bs. As., 28/11/2003

VISTO el Expediente N° 15.532/2003, la Resolución N° 156 de fecha 15 de febrero de 2002, ambos del Registro del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD CALIDAD AGROALIMENTARIA, y

CONSIDERANDO:

Que con fecha 15 de febrero de 2002 se puso en vigencia la Resolución SENASA N° 156/ 2003, que estableció el "Sistema Nacional de Seguimiento y Control de Hormonas Anabolizantes Administradas por Implantes Subcutáneo".

Que la misma Resolución estableció un plazo de CIENTO OCHENTA (180) días contados desde su vigencia, a partir de los cuales se evaluaría el cumplimiento del mencionado sistema, señalando asimismo que si se comprobase que no se ha logrado un grado sustancial de cumplimiento en la implementación del mismo, el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA podrá proceder a la suspensión de los certificados de uso y comercialización de los productos involucrados.

Que ya se ha realizado una serie de auditorías a distintos niveles de la cadena de comercialización de los productos en cuestión.

Que como resultado de las mismas, y de acuerdo a los antecedentes que obran en el expediente citado en el visto, se ha comprobado que el grado de cumplimiento efectivo en la implementación del sistema no es satisfactorio, máxime teniendo en cuenta el tiempo ya transcurrido desde su puesta en vigencia.

Que por ello, no se logra garantizar la rastreabilidad del uso y comercialización, ni tampoco la trazabilidad de los animales que reciben anabólicos por implante subcutáneo, tal como se pretendía mediante el dictado de la Resolución SENASA N° 156/2002.

Que por lo tanto, corresponde proceder de acuerdo a lo que la misma Resolución SENASA N° 156/2002 prevé, suspendiendo en su validez los certificados en uso y comercialización de los productos involucrados, hasta que se presenten probadas garantías de que se cuenta con los eslabones necesarios, para asegurar la trazabilidad y rastreabilidad de la cadena de comercialización y uso de las hormonas anabolizantes administradas por implante subcutáneo.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que el...

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