Resolución 1614/2003

Fecha de disposición22 Diciembre 2003
Fecha de publicación22 Diciembre 2003
SecciónResoluciones
Número de Gaceta30302

Administración Federal de Ingresos Públicos Administración Federal de Ingresos Públicos

IMPUESTOS

Resolución General 1614

Impuesto sobre los Combustibles Líquidos. Ley Nº 23.966, Título III de Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y el Gas Natural, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones. Determinación e ingreso del gravamen. Resolución General Nº 1597. Su modificación.

Bs. As., 18/12/2003

VISTO la Resolución General Nº 1597, y

CONSIDERANDO:

Que la citada resolución general dispuso que los sujetos pasivos del impuesto sobre los combustibles líquidos, para cumplir con las obligaciones de determinación e ingreso del gravamen previstas en la Resolución General Nº 4247 (DGI), sus modificatorias y complementarias, deben utilizar el programa aplicativo denominado "COMBUSTIBLES LIQUIDOS - Versión 1.0".

Que atendiendo inquietudes planteadas por entidades representativas del sector, deviene necesario posponer la obligación de utilizar el mencionado programa aplicativo para la confección de las declaraciones juradas, hasta el día 1 de marzo de 2004.

Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Legislación y de Programas y Normas de Recaudación.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 14 del Capítulo III, Título III de la Ley Nº 23.966, de Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y el Gas Natural, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones y por el artículo 7º del Decreto Nº 618, de fecha 10 de julio de 1997, su modificatorio y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1º

Modifícase la Resolución General Nº 1597, en la forma que se indica a continuación:

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