Resolución 3428/2010
Fecha de la disposición | 21 de Septiembre de 2010 |
Martes 21 de setiembre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 31.991 10
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO RESUELVE:
ArtÃculo 1'º â Apruébase la compensación solicitada por el molino harinero que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución, la que asciende a la suma total de PESOS ONCE MILLONES TRESCIENTOS DOS MIL CIENTO VEINTICUATRO CON SESENTA Y UN CENTAVOS ($11.302.124,61), por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.
'º â AutorÃzase el pago de la compensación consignada al beneficiario mencionado en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, el que asciende a la suma total de PESOS ONCE MILLONES TRESCIENTOS DOS MIL CIENTO VEINTICUATRO CON SESENTA Y UN CENTAVOS ($11.302.124,61).
'º â El gasto que demande la implementación de lo establecido por el ArtÃculo 2'º de la presente medida, será atendido con cargo al Crédito Vigente de la Entidad 611 - ONCCA, Programa 16 Fuente de Financiamiento 11 - Tesoro Nacional.
'º â ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. â Juan M. Campillo.
ANEXO S01:0300646/2010
PAGO COMPENSACIONES A MOLINOS DE TRIGO N'º Expediente Razón Social C.U.I.T. C.B.U.
PERIODO 2010
Localidad Provincia mayo 1 100982781570
MOLINO CAÃUELAS SOCIEDAD ANONIMA, COMERCIAL, INDUSTRIAL, FINANCIERA, INMOBILIARIA Y AGROPECUARIA 30-50795084-8 020010180100000122883-3 11.302.124,61 CAÃUELAS BUENOS AIRES TOTAL 11.302.124,61 % 10 % % 10 % Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario PRODUCCION DE GRANOS Y OLEAGINOSAS Resolución 3428/2010
AutorÃzase el pago de compensaciones.
Bs. As., 16/9/2010
VISTO el Expediente N'ºS01:0268403/2010 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA y PESCA, y CONSIDERANDO:
Que por la Resolución Conjunta N'º 57 y N'º 106 de fecha 1 de marzo de 2010 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA y del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, respectivamente, se creó un régimen de compensación para los pequeños y medianos productores de trigo y de maÃz cuya producción no hubiera superado las OCHOCIENTAS TONELADAS (800 t) anuales de trigo y las UN MIL DOSCIENTAS CUARENTA TONELADAS (1240 t) anuales de maÃz, para el ciclo cosecha 2009/2010.
Que por el ArtÃculo 5'º de la mencionada Resolución Conjunta N'º 57/10 y 106/10, se asigna a la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO (O.N.C.C.A.), como Autoridad de Aplicación de la referida medida, facultándola para dictar las normas complementarias e interpretativas que resulten...
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