Resolución 220/2020

Fecha de publicación30 Septiembre 2020
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD


Ciudad de Buenos Aires, 28/09/2020

VISTO el EX-2020-41506959-APN-CGD#MMGYD, la Ley de Ministerios N° 22.520 texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992 y sus modificatorios, el Decreto N° 7 de fecha 10 de diciembre de 2019 y el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019; y

CONSIDERANDO:

Que, a través de diversos instrumentos internacionales de protección de los derechos humanos y leyes nacionales, el Estado Nacional asumió el compromiso de respetar y garantizar que todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos, que tienen todos los derechos y libertades sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.

Que, en este sentido, la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW, por su sigla en inglés) establece la obligación de adoptar medidas para la eliminación de la discriminación contra las mujeres en el ámbito laboral (cfr. artículo 11, inciso 1).

Que, asimismo, los Principios de Yogyakarta sobre la aplicación de la legislación internacional de derechos humanos con relación a la orientación sexual y la identidad de género promueven la eliminación de toda discriminación por motivos de orientación sexual e identidad de género en el empleo, a fin de garantizar la igualdad de oportunidades (cfr. principio 12).

Que la Ley N° 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales, establece que el Estado adoptará las medidas necesarias y ratificará en cada una de sus actuaciones el respeto irrestricto del derecho constitucional a la igualdad entre mujeres y varones (cfr. artículo 7).

Que la Ley N° 26.743 de Identidad de Género, y sus Decretos Reglamentarios N° 1007/2012 y 903/2015, reconoce el derecho de toda persona a desarrollarse libremente conforme a su identidad de género.

Que en las últimas décadas la participación de las mujeres y de las personas LGBTI+ en el mundo del trabajo se ha incrementado notablemente, aunque esa participación está signada por la desigualdad que obstaculiza su acceso, permanencia y desarrollo en el mundo laboral.

Que, en este sentido, los datos arrojados por la Encuesta Permanente de Hogares elaborada por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (3er Trimestre, 2019) son contundentes: la tasa de...

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