Resolución 5/2003
Fecha de disposición | 29 Julio 2003 |
Fecha de publicación | 29 Julio 2003 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 30201 |
Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo
PESCA
Buques pesqueros habilitados a operar en la Zona Común de Pesca. Procedimiento para el intercambio de información en el primer Plenario posterior al 1° de marzo de cada año.
Procedimiento para el intercambio de información de los buques pesqueros de las Partes habilitados a operar en la Zona Común de Pesca.
VISTO:
La necesidad de adecuar y coordinar los procedimientos de intercambio de información relativa a los buques pesqueros de las Partes habilitados a operar en la Zona Común de Pesca, con el objeto de mantener actualizado el Listado de buques que permita su identificación en forma simple, rápida y eficaz.
ATENTO:
A lo establecido en los Artículos 73, 76 y 82 inciso g) del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo.
LA COMISION TECNICA MIXTA DEL FRENTE MARITIMO
RESUELVE:
Intercambiar entre las Partes en el primer Plenario posterior al 1° de marzo de cada año, el Listado de buques pesqueros de su bandera habilitados a operar en la Zona Común de Pesca, actualizado a la referida fecha.
Incluir en el Listado citado en el Artículo 1° la siguiente información:
-
Nombre del buque.
-
Número de matrícula.
-
Dimensiones de la embarcación (eslora máxima/total, manga, puntal, TRB, capacidad de bodega en m3, potencia de máquinas en HP).
-
Tipo de permiso de pesca (especies habilitadas, áreas de pesca).
-
Arte de pesca principal (arrastre de media agua/arrastre de fondo/red tangoneros/red de enmalle/cerco/poteras/palangre, etc.).
Comunicar, inmediatamente de producida y a través de sus respectivas Delegaciones Delegaciones en la Comisión, cualquier modificación al Listado de referencia, ya sea por altas, bajas o relativas a los datos contenidos en el mismo.
Poner en conocimiento de la Autoridad marítima de cada Parte el Listado de buques y sus modificaciones a través de sus Delegaciones en la Comisión.
Derogar la Resolución CTMFM 4/96.
Comunicar esta Resolución al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la República Argentina y al Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Oriental...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba