Resolución 1418/2003

Fecha de disposición03 Junio 2003
Fecha de publicación03 Junio 2003
SecciónResoluciones
Número de Gaceta30163

Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social

MUTUALES

Resolución 1418 /2003

Actualización de la normativa sobre el servicio de Ayuda Económica Mutual que prestan las entidades inscriptas en el Registro Nacional de Mutualidades.

Bs. As., 23/5/2003

VISTO, el Expediente N° 1229/03 del registro de este Instituto, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 4° de la Ley N° 20.321 define a las prestaciones mutuales como aquellas que, mediante la contribución o ahorro de sus asociados o cualquier otro recurso lícito, tiene por objeto la satisfacción de sus necesidades, contemplando, entre esas prestaciones, a los "...préstamos..." y a los "...ahorros de los asociados..." que pueden "...gozar de un beneficio que estimule la capacidad ahorrativa de los mismos...".

Que en atención a las previsiones de la citada norma y teniendo presente que el artículo 2° contempla que las asociaciones mutuales se rigen en todo el territorio de la Nación por las disposiciones de esa Ley y por las normas de esta autoridad de aplicación, se dictaron, en ejercicio de esas facultades y las contempladas en la Ley N° 19.331, y en los Decretos Nro. 1858/91, 420/96, 721/00, sus modificatorios y complementarios, resoluciones regulatorias de ese servicio que se denominó de ayuda económica mutual.

Que la Resolución N° 1537/96 contempló que debía elaborarse el texto ordenado de las diversas resoluciones normativas de ese servicio, lo que aún no se ha efectivizado.

Que en consecuencia, a los fines de un mejor ordenamiento, deviene oportuno y conveniente efectuar una sistematización de las resoluciones normativas del citado servicio, adecuándolas a la evolución del mismo, y a la preservación del concepto mutual propendiendo al crecimiento de las entidades como medio idóneo en el desarrollo de la Nación.

Que en tal sentido la Federación Instituto de Ayuda Económica Mutual ha efectuado una propuesta, de conformidad con lo prescripto en el artículo 32 inc. d) de la Ley N° 20.321, la que ha sido evaluada por las áreas técnicas de este Organismo, en el expediente indicado en el Visto, habiéndose efectuado las correcciones necesarias.

Que entre los objetivos de este Organismo se prevé la actualización de la legislación aplicable con la participación de los sectores involucrados.

Que el servicio jurídico permanente ha tomado intervención con carácter previo al dictado del presente acto administrativo.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nros. 420/96, 723/96, 721/00 y 1192/02

EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL

RESUELVE:

Artículo 1°

DEFINICION: Establécese como servicio de Ayuda Económica Mutual al que prestan las entidades inscriptas en el Registro Nacional de Mutualidades consistente en los préstamos que otorgan a sus asociados, mediante los fondos provenientes de los ahorros de sus asociados o con recursos propios para cubrir las necesidades especificadas el artículo 4°. Se entenderá por:

  1. AHORRO MUTUAL: A las cuentas personales y a término, de los asociados, en las que se acrediten los fondos que ingresen a la entidad con destino al servicio;

  2. ESTIMULO DE LOS AHORROS: A la compensación a satisfacer por la entidad en contraprestación al ahorro ingresado;

  3. PRESTAMOS: A los fondos que se otorguen a los asociados;

  4. TASA DE SERVICIO: Al cargo que se le efectúa al asociado que recibe el préstamo;

  5. RECUPERO DE GASTOS ADMINISTRATIVOS: Al cargo por gastos que demanda la entidad para otorgar el préstamo al asociado.

Art. 2°

REGLAMENTO: Para prestar el servicio de Ayuda Económica la mutual deberá contar con un reglamento específico aprobado por el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social, autorizado previamente en asamblea convocada a tal efecto, sin cuyo requisito no podrá iniciar la prestación del servicio. Este reglamento se ajustará a la legislación vigente, a las normas que...

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