Resolución 359/2003

Fecha de disposición30 Mayo 2003
Fecha de publicación30 Mayo 2003
SecciónResoluciones
Número de Gaceta30161

Superintendencia de Servicios de Salud Superintendencia de Servicios de Salud

AGENTES DEL SEGURO DE SALUD

Resolución 359/2003

Establécense mecanismos para el efectivo cumplimiento de la notificación fehaciente prevista por la Resolución N° 487/2002 del Ministerio de Salud, por parte de los Hospitales Públicos de Gestión Descentralizada a los Agentes del Seguros de Salud.

Bs. As., 23/5/2003

Y VISTO la Resolución N° 487/02 del Ministerio de Salud y la Resolución N° 179/03-SSSalud, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución citada en el visto se dispuso la adopción de medidas tendientes a garantizar los mecanismos de notificación por parte de los Hospitales Públicos de Gestión Descentralizada a los Agentes del Seguro de Salud en los casos en que se brinda prestaciones a los beneficiarios del Sistema Nacional del Seguro de Salud.

Que los fundamentos tenidos en mira para el dictado de dicha resolución suponen el establecimiento de mecanismos ágiles y de efectivo cumplimiento de la notificación fehaciente prevista por la Resolución N° 487/02 del Ministerio de Salud.

Que razones de economía procesal y de oportunidad, mérito y conveniencia tornan necesario establecer algunas modificaciones a dicho acto administrativo.

Que la Superintendencia de Servicios de Salud cuenta con información suficiente y actualizada, a disposición de todos los administrados, que puede simplificar los procedimientos y servir de acreditación adecuada de la notificación prevista por la Resolución N° 487/02 del Ministerio de Salud.

Que, en consecuencia, se considera prudente disponer que la notificación a que se refieren el artículo 4° de la Resolución N° 487/02 del Ministerio de Salud y la Resolución N° 179/03 de esta Superintendencia de Servicios de Salud, se considerará cumplida en tanto haya sido dirigida al domicilio o al número de fax que se registre en la página web de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD como perteneciente a la Obra Social, tanto sea de la Sede Central o de la delegación que corresponda a la zona de influencia del reclamante.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en...

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