Resolución 101/2003

Fecha de disposición21 Mayo 2003
Fecha de publicación21 Mayo 2003
SecciónResoluciones
Número de Gaceta30154

85288 Secretaría de Hacienda

ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL

Resolución 101/2003

Autorízanse inscripciones en el Registro de Entidades creado por el artículo 5° del Decreto N° 691/2000.

Bs. As., 16/5/2003

VISTO el Decreto N° 691 del 11 de agosto de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que por el mencionado Decreto se aprobó un régimen de deducción de haberes para el cumplimiento de obligaciones de dar sumas de dinero del personal de la Administración Pública Nacional, facultando a la SECRETARIA DE HACIENDA a dictar las normas interpretativas, aclaratorias y complementarias correspondientes.

Que en función de la facultad precedentemente referida la SECRETARIA DE HACIENDA dictó la Resolución N° 353 del 15 de setiembre de 2000 reglamentando el REGISTRO DE ENTIDADES y aclarando el contenido y alcance de la documentación a presentar, con el objeto de obtener su inscripción en el mismo, por parte de las entidades comprendidas.

Que la Resolución mencionada también estableció las formalidades que deben observar las entidades que requieran obtener el código de descuento correspondiente para poder operar en el marco del régimen ordenado por el Decreto N° 691/2000.

Que las Entidades ASOCIACION MUTUAL UNIVERSITARIA, ASOCIACION MUTUALISTA ARGENTINA NUEVA, ASOCIACION MUTUAL PARA EL PERSONAL DE ESTACIONES DE SERVICIO, GARAJES, LAVADEROS AUTOMATICOS Y PLAYAS DE ESTACIONAMIENTO DE LA REPUBLICA ARGENTINA, ASOCIACION MUTUAL DE EMPLEADOS Y FUNCIONARIOS DEL MINISTERIO DE ACCION SOCIAL, COOPERATIVA DE CREDITO Y SERVICIOS "PYRAMIS" LIMITADA, COOPERATIVA DE VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO "CERRITO" LIMITADA, COOPERATIVA DE VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO SAN PATRICIO LIMITADA, COOPERATIVA CREDIVICO DE CREDITO, VIVIENDA Y CONSUMO LIMITADA; CREDITAN COOPERATIVA DE VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO LIMITADA; han formalizado su solicitud de inscripción en el REGISTRO DE ENTIDADES requeriendo el respectivo código de descuento para poder brindar los servicios para los que se encuentran habilitadas según la documentación oportunamente acreditada.

Que se ha constatado que las entidades solicitantes han presentado los requerimientos exigidos por el Decreto N° 691/2000 y la Resolución S.H. N° 353/2000, razón por la cual corresponde incorporarlas en el REGISTRO DE ENTIDADES y otorgarles el código de descuento.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas a la SECRETARIA DE HACIENDA por el artículo 5° del Decreto N° 691/2000.

Por ello,

EL SECRETARIO DE HACIENDA

RESUE...

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