Resolución 209/2003

Fecha de disposición05 Mayo 2003
Fecha de publicación05 Mayo 2003
SecciónResoluciones
Número de Gaceta30142

209 (Nota Infoleg: Norma abrogada por art. 7° de la Resolución N° 178/2003 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social B.O. 12/9/2003).

Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social

PROGRAMA JEFES DE HOGAR

Resolución 209/2003

Apruébase el Reglamento Operativo 2003 de la Prestación de Terminalidad Educativa del Componente de Formación del Programa Jefes de Hogar.

Bs. As., 25/4/2003

VISTO la Ley Nº 18.910, la Ley de Ministerios Nº 22.240 (t.o. por Decreto Nº 438/92), y sus modificatorias, el Decreto Nº 565 de fecha 3 de abril de 2002, el Decreto Nº 39 del 7 de enero de 2003; el Convenio MTEySS Nº 198/02 y MECyT Nº 81/02 de fecha 31 de julio de 2002, el Convenio MTEySS Nº 328 /02 y MECyT Nº 232/02; la Resolución MTEySS Nº 69 de fecha 6 de febrero de 2003 y el Expediente Nº 1-2015-1058522-2002 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL; y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Nº 165/02 declaró la Emergencia Ocupacional Nacional, hasta el día 31 de diciembre de 2002, y que la misma fue prorrogada hasta el 31 de diciembre de 2003 por el Decreto Nro. 39/03.

Que el Decreto Nº 565/02 creó el PROGRAMA JEFES DE HOGAR, confirmando al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL el carácter de Autoridad de Aplicación del Programa.

Que el PROGRAMA JEFES DE HOGAR tiene por objetivo propender a la inclusión social de aquellas familias que se encuentran en condiciones de mayor vulnerabilidad y propiciar la incorporación de los mismos a la educación formal y/o su participación en acciones de capacitación que coadyuven a su futura inserción laboral.

Que en función de la experiencia desarrollada por este Ministerio durante 2002, resulta conveniente fortalecer la participación de los beneficiarios en actividades educativas y, particularmente, en la que se refiere a la Terminalidad de la educación básica para adultos y de la educación polimodal o media.

Que a tal efecto, este Ministerio ha suscripto con el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología los convenios citados en los VISTOS, referidos a la viabilidad, conveniencia y oportunidad de trabajar de manera coordinada y en permanente cooperación los temas referidos a formación de los beneficiarios del PROGRAMA JEFES DE HOGAR.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 565/02.

Por ello,

LA MINISTRA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

Artículo 1º

Apruébase el REGLAMENTO OPERATIVO 2003 de la PRESTACION DE TERMINALIDAD EDUCATIVA del COMPONENTE DE FORMACION del PROGRAMA JEFES DE HOGAR, el que como Anexo I forma parte integrante de la presente resolución.

Art. 2º

Apruébanse los siguientes formularios, que como anexos forman parte de la presente:

ANEXO II: Oferta Educativa

ANEXO III: Solicitud de Autorización de vacantes

ANEXO IV: Alta de Beneficiario de Pagos del Tesoro Nacional

ANEXO Va: Autorización para acreditación de pagos en cuenta bancaria

ANEXO Vb: Autorización para acreditación de pagos en cuenta especial LECOP

ANEXO Vc: Nota Modelo Cuenta Especial LECOP Banco de la Nación Argentina

ANEXO VIa: Declaración Jurada de la Primera Cuota

ANEXO VIb: Declaración Jurada de la Segunda Cuota

ANEXO VIc: Declaración Jurada de la Tercera Cuota

ANEXO VII: Declaración Jurada Informe de novedades y Registro de firmas

ANEXO VIII: Modelo de Factura

ANEXO IX: Rendición de Cuentas

Art. 3º

El gasto que demande la ejecución de la presente durante el ejercicio 2003 será afectado a los créditos presupuestarios del Programa 23 - Acciones de Capacitación Laboral del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, hasta un monto máximo de PESOS SEIS MILLONES ($ 6.000.000.-).

Art. 4º

Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial para su publicación, remítase copia autenticada al Departamento Biblioteca y archívese. - Graciela Camaño.

ANEXO I

Programa Jefes de Hogar

COMPONENTE DE FORMACION

PRESTACION DE TERMINALIDAD EDUCATIVA

Reglamento operativo 2003

En pos de consolidar el Derecho Familiar de Inclusión Social, la implementación de la prestación de TERMINALIDAD EDUCATIVA busca alcanzar los siguientes objetivos:

· Promover una estrategia de inclusión social y de ampliación de la ciudadanía de los sectores más vulnerables de la comunidad.

· Promover el acceso de los beneficiarios del Programa Jefes de Hogar a la terminalidad educativa.

· Mejorar los niveles de alfabetización y promover la incorporación de los beneficiarios del Programa al sistema educativo formal.

· Favorecer la adaptación de los trabajadores a un entorno heterogéneo de posibilidades de reinserción laboral.

  1. Actores intervinientes.

    La PRESTACION DE TERMINALIDAD EDUCATIVA implica una alta interacción entre distintos actores que podrán tener diferentes grados de participación en función del rol que asumirán para el logro de los objetivos planteados. Seguidamente se detallan los mismos y las funciones centrales que tendrán.

    1.1 Dirección Nacional de Orientación y Formación Profesional (DNOyFP).

    Será la responsable operativa de la implementación de las acciones de la PRESTACION DE TERMINALIDAD EDUCATIVA; sus funciones centrales serán:

    · Operacionalizar los acuerdos institucionales establecidos por el M.T.E. y S.S. para la ejecución de la PRESTACION DE TERMINALIDAD EDUCATIVA.

    · Asistir técnicamente para la PRESTACION DE TERMINALIDAD EDUCATIVA en cada Jurisdicción, en acuerdo con la autoridad provincial.

    · Implementar acciones de fortalecimiento institucional para la consolidación de la oferta educativa.

    · Entender en la implementación del seguimiento de beneficiarios, instituciones y acciones educativas y en la gestión de irregularidades, en coordinación con los CONSEJOS CONSULTIVOS y el CONSEJO NACIONAL DE ADMINISTRACION, EJECUCION Y CONTROL (CONAEYC) del Programa JEFES DE HOGAR.

    · Intervenir en la liquidación y pago de las instituciones educativas provinciales.

    · Supervisar y aprobar las Rendiciones de Cuenta de las Jurisdicciones provinciales.

    · Elevar a la SSOyFP la información agregada del seguimiento de los beneficiarios y de las acciones y de la gestión de la PRESTACION DE TERMINALIDAD EDUCATIVA en general.

    1.2 Dirección de Administración y Control Presupuestario.

    Su función principal será intervenir en la liquidación y pago a las instituciones educativas provinciales.

    1.3 Gobiernos Provinciales.

    Su misión será generar las condiciones propicias a tarvés del órgano responsable del Sistema Educativo Provincial para lograr una mejor implementación de las acciones de la PRESTACION DE TERMINALIDAD EDUCATIVA. A estos efectos sus funciones centrales serán:

    · Definir la Oferta educativa de la PRESTACION DE TERMINALIDAD EDUCATIVA.

    · Difundir las características de la PRESTACION.

    · Monitorear la operación general del PROGRAMA y de la PRESTACION DE TERMINALIDAD EDUCATIVA.

    1.4 Consejos Consultivos Municipales (CCM) / Municipios.

    Serán los actores institucionales responsables de la articulación de los beneficiarios del Programa con las acciones de la PRESTACION DE TERMINALIDAD; en este sentido, sus funciones centrales serán:

    · Difundir las características y el alcance de la PRESTACION DE TERMINALIDAD.

    · Tramitar ante las Gerencias de Empleo y Capacitación Laboral (GEyCL) la autorización de las vacantes de los beneficiarios inscriptos a las acciones educativas.

    · Tramitar ante las GEyCL la gestión de irregularidades por ausentismo injustificado de beneficiarios a las acciones educativas.

    · Monitorear la operación general del PROGRAMA y de la PRESTACION DE TERMINALIDAD.

    1.5 Gerencias de Empleo y Capacitación Laboral (GEyCL).

    Serán los agentes territoriales del Ministerio responsables de la vinculación de los actores locales con las acciones de la PRESTACION DE TERMINALIDAD; sus funciones centrales serán:

    · Orientar a los beneficiarios acerca de la PRESTACION DE TERMINALIDAD.

    · Difundir la oferta educativa de la PRESTACION DE TERMINALIDAD, aspectos normativos, derechos y responsabilidades de los beneficiarios.

    · Brindar asistencia técnica a las Instituciones Educativas para el registro de beneficiarios para la operación de la PRESTACION DE TERMINALIDAD y la vinculación del beneficiario con la oferta disponible.

    · Autorizar las vacantes solicitadas por cada localidad de la Jurisdicción, conforme la Oferta educativa y demás aspectos normativos de la PRESTACION DE TERMINALIDAD.

    · Recepcionar y validar las liquidaciones y demás instrumentos de facturación, remitiendo la documentación conformada al M.T.E y S.S. para su trámite de pago.

    · Controlar las rendiciones de cuentas de los Organismos Responsables del Sistema Educativo provincial y elevarlas a la DNOyFP en los casos que corresponda.

    · Articular con los actores intervinientes respecto de las acciones de seguimiento a efectuar para la PRESTACION DE TERMINALIDAD.

    · Generar...

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