Resolución 3/2003

Fecha de disposición31 Agosto 2003
Fecha de publicación27 Marzo 2003
SecciónResoluciones
Número de Gaceta30119

Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo

PESCA

Resolución 3/2003

Fíjase el período de captura para la especie calamar en la Zona Común de Pesca, del 10 de abril al 31 de agosto de 2003.

Montevideo, 20/3/2003

Establecimiento del período de captura para la especie calamar (Illex argentinus) en la Zona Común de Pesca VISTO: La conveniencia de establecer el período de captura para la especie calamar (Illex argentinus) durante la temporada 2003 en la Zona Común de Pesca.

Considerando:

Que los estudios realizados indican que es conveniente establecer un período de captura para la especie mencionada, durante el año 2003.

Atento:

A lo establecido en los artículos 80 y 82 inciso d) del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo.

LA COMISION TECNICA MIXTA DEL FRENTE MARITIMO

RESUELVE:

Artículo 1°

Fijar el período de captura para la especie calamar en la Zona Común de Pesca del 10 de abril al 31 de agosto de 2003.

Art. 2°

Durante el período mencionado en el artículo anterior, se permitirá una captura incidental de otras especies no autorizadas por el permiso de pesca, la que no deberá superar el 10% del peso de la captura total en el viaje en cuestión.

Art. 3°

Considerar la transgresión de la presente Resolución como un incumplimiento grave a las normas vigentes en cada Parte en materia de infracciones pesqueras, lo que aparejará la aplicación de las sanciones en ellas previstas.

Art. 4°

Comunicar esta Resolución al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la República Argentina y al Ministerio de Relaciones...

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