Resolución 133/2003

Fecha de disposición10 Marzo 2003
Fecha de publicación11 Marzo 2003
SecciónResoluciones
Número de Gaceta30107

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MINISTERIO DE LA PRODUCCION

SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL

Resolución Nº 133/2003

Bs. As., 10/3/2003

VISTO el Expediente S01:0034711/2003 del Registro de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE LA PRODUCCION, lo dispuesto en la Ley Nº 25.300 y en los Decretos Nº 1074 de fecha 24 de agosto de 2001, Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002, su modificatorio Nº 475 de fecha 8 de marzo de 2002, y Nº 1555 de fecha 22 de agosto de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 357/2002 y su modificatorio Nº 475/2002 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Pública Nacional, por el cual se transfirió la ex SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA a la órbita del MINISTERIO DE LA PRODUCCION, asignándole competencia en todo lo relativo a las pequeñas y medianas empresas.

Que el Título II de la Ley Nº 25.300 creó el Fondo Nacional de Desarrollo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (FONAPYME), cuyo objeto es realizar aportes de capital y brindar financiamiento a mediano y largo plazo para inversiones productivas a las empresas y formas asociativas comprendidas en el artículo 1º de la misma.

Que el artículo 2º del Decreto Nº 1074/2001 determinó que los proyectos susceptibles de recibir aportes del FONAPYME serán aquéllos presentados por micro, pequeñas y medianas empresas existentes o a ser creadas en el marco de dichos proyectos, o por formas asociativas constituidas exclusivamente por éstas. Dichos proyectos deberán tener por objeto la realización de inversiones que creen o amplíen su capacidad productiva o introduzcan nuevos productos o procesos de producción que mejoren en forma comprobable la competitividad de dichas empresas.

Que el artículo 5º de la Ley Nº 25.300 establece que la elegibilidad de las inversiones a financiar con recursos del FONAPYME estará a cargo de un COMITE DE INVERSIONES, cuyos miembros serán designados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL. Asimismo determina que la selección y aprobación de proyectos deberá efectuarse mediante concursos públicos.

Que el mencionado Comité de Inversiones fue reglamentado por el Decreto Nº 1074/2001 estableciendo su integración, funciones y atribuciones.

Que por el Decreto Nº 1555 de fecha 22 de agosto de 2002 se designaron los integrantes del Comité de Inversiones del Fondo Nacional de Desarrollo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (FONAPYME).

Que el artículo 6º del Decreto Nº 1074/2001 faculta a la entonces SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA en su carácter de Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 25.300, a fijar los criterios y mecanismos a seguir para calificar los proyectos de inversión, los que deberán ser conocidos públicamente con anterioridad a la convocatoria para su presentación.

Que el artículo 14 inciso b) del decreto mencionado en el párrafo anterior, faculta al Comité de Inversiones a efectuar los llamados a concurso público para la presentación de proyectos estableciendo los cupos globales y por jurisdicción, según las disposiciones de dicho Decreto.

Que en consecuencia, resulta necesario y oportuno definir las bases y condiciones del concurso público para la presentación de proyectos.

Que según refleja el Acta celebrada en fecha 28 de febrero de 2003, el Comité de Inversiones del FONAPYME resolvió llamar a Concurso Público de Proyectos, acordó como fecha de cierre del mismo el 21 de abril de 2003 a las 12 horas y encomendó a su Presidente, el Señor SECRETARIO de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL a dictar las resoluciones y disposiciones reglamentarias que sean pertinentes.

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9º del Decreto Nº 1074/2001, la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL debe establecer un mecanismo de asignación predeterminada de cupos para la financiación de proyectos entre las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en función de los coeficientes de Coparticipación Federal de Impuestos Nacionales.

Que mediante la Resolución SEPYMEYDR Nº 494 de fecha 3 de septiembre de 2002, se convocó al Llamado Concurso Público de Proyectos para el Fondo Nacional de Desarrollo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (FONAPYME) por un monto de PESOS VEINTE MILLONES ($ 20.000.000) asignados en función de los Coeficientes de Coparticipación Federal de Ingresos Públicos.

Que la Resolución SEPYMEYDR Nº 131 de fecha 6 de marzo de 2003 estableció que el Comité de Inversiones podrá disponer de los remanentes no utilizados correspondiente a los cupos de cada llamado a concurso público de presentación de proyectos, para atender a aquellas jurisdicciones con proyectos elegibles que excedan su respectivo cupo en el mismo llamado, siempre que ello no importe vulnerar el límite general impuesto por el coeficiente de Coparticipación Federal de Impuestos Nacionales, en función al total del monto de los bienes fideicomitidos.

Que la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE LA PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete, en virtud de lo dispuesto por el artículo 2º de la Disposición de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS DEL MINISTERIO DE ECONOMIA, Nº 13 del 11 de abril de 2002.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 25.300, el Decreto Nº 1074 de fecha 24 de agosto de 2001 y el Decreto Nº 475 de fecha 8 de marzo de 2002.

Por ello,

EL SECRETARIO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL

RESUELVE:

ARTICULO 1º

Convócase al Llamado a Concurso Público de Proyectos para el Fondo Nacional de Desarrollo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (FONAPYME), los que serán recibidos a partir del día 10 de marzo de 2003 y cuyo cierre será el día 21 de abril de 2003 a las 12 horas, de acuerdo a las Bases y Condiciones del Llamado a Concurso Público de Proyectos que se detallan en el Anexo I que forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2º

El monto del llamado precedente asciende a la suma de PESOS CUARENTA MILLONES ($ 40.000.000).

ARTICULO 3º

Apruébese como parte integrante de la presente resolución los Anexos que se detallan a continuación, que establecen los criterios y mecanismos para seleccionar los proyectos de inversión que se presenten en el marco del presente Llamado a Concurso Público de Proyectos del Fondo Nacional de Desarrollo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (FONAPYME):

  1. Anexo II "Criterios de Selección de Proyectos".

  2. Anexo III "Formularios de Presentación de Proyecto".

  3. Anexo IV "Guía para completar la Presentación del Proyecto".

  4. Anexo V "Solicitud de Crédito".

  5. Anexo VI "Informe de la Agencia de Desarrollo Regional".

  6. Anexo VII "Listado de las Agencias de Desarrollo Regional".

ARTICULO 4º

Difúndase la información concerniente al Llamado a Concurso Público de Proyectos, a través de las dependencias pertinentes de esta Cartera de Estado y de los mecanismos informáticos disponibles.

ARTICULO 5º

Invítese a las Provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a colaborar con la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE LA PRODUCCION en la difusión del Fondo Nacional de Desarrollo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (FONAPYME), a través de las unidades competentes en la materia en cada jurisdicción.

ARTICULO 6º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. - JULIO EDUARDO MASSARA, Secretario de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional, Ministerio de la Producción.

ANEXO I

FONAPYME

FONDO NACIONAL DE DESARROLLO PARA LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

BASES Y CONDICIONES PARA EL LLAMADO A CONCURSO PUBLICO DE PROYECTOS

Beneficiarios

Podrán recibir financiamiento del FONAPYME las micro, pequeñas y medianas empresas de acuerdo a los parámetros establecidos en la Resolución SEPyMEyDR Nº 675/2002, existentes o a ser creadas, o por formas asociativas constituidas exclusivamente por éstas. No serán considerados los proyectos presentados por empresas que estén vinculadas o controladas por Sociedades o Grupos económicos nacionales o extranjeros que en su conjunto no sean PyMES.

Se considera grupo asociativo cuando el financiamiento solicitado contribuya a desarrollar un proyecto de inversión común en el que participen como mínimo 2 empresas cada una con antigüedad no inferior a 2 años sin vinculación económica en el capital entre ellas.

Con la finalidad de promover la creación de nuevas empresas y estimular la actitud emprendedora, sus titulares podrán acceder a préstamos hasta $ 20.000.- con menores exigencias y plazos que podrán alcanzar hasta 18 meses de gracia para amortización del capital y 36 meses adicionales para la cancelación final.

Los Proyectos

Los proyectos deberán demostrar razonabilidad técnico económica y tener por objeto el aprovechamiento de oportunidades de negocios o la realización de inversiones que creen o amplíen la capacidad productiva de la empresa o grupo asociativo, introduzcan nuevos productos, servicios o procesos que mejoren en forma comprobable el desarrollo, expansión y crecimiento de dichas empresas.

Criterios de Selección

Los criterios que se tendrán en cuenta para la selección de los proyectos serán los de viabilidad económica y financiera, con carácter excluyente.

Además se ponderarán los proyectos presentados en función de:

- Capacidad técnica y empresaria

- generación de empleo

- aumento de las exportaciones

- sustitución de importaciones

- mayor valor agregado

- desarrollo de las economías regionales

- carácter asociativo de los proyectos

- aumento de la competitividad de las empresas

- innovación tecnológica

- impacto ambiental

- Porcentaje de financiamiento

Recepción de proyectos

La recepción de proyectos tendrá lugar en las Agencias Regionales de...

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