Resolución 10/2003

Fecha de disposición04 Febrero 2003
Fecha de publicación04 Febrero 2003
SecciónResoluciones
Número de Gaceta30082

Ente Tripartito de Obras y Servicios Sanitarios Ente Tripartito de Obras y Servicios Sanitarios

TARIFAS

Resolución 10/2003

Inclusión en el Programa de Tarifa Social de instituciones sin fines de lucro que presten asistencia social y/o sanitaria directa, en el ámbito de la ciudad de Buenos Aires y diecisiete municipios de la provincia de Buenos Aires.

Bs. As., 29/1/2003

VISTO lo actuado, y

CONSIDERANDO:

Que el DIRECTORIO del ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS aprobó mediante Resolución ETOSS N° 2 del 9 de enero de 2002 un "Programa de Tarifa Social" (B.O. 28/1/02), modificado posteriormente por la Resolución ETOSS N° 13 del 28 de enero del mismo año (B.O. 8/3/02).

Que el objetivo primario del "Programa de Tarifa Social" consiste en establecer un sistema de asistencia a los usuarios de los servicios públicos de agua potable y, desagües cloacales con bajos recursos económicos, que se prestan en el ámbito de la Concesión a cargo de Aguas Argentinas S.A. y que como consecuencia de situaciones socioeconómicas especiales, no se encuentran en condiciones de afrontar el pago de la tarifa que corresponda a dichos servicios.

Que al efecto, en las proyecciones del Modelo Económico Financiero, se incluyó una previsión de PESOS CUATRO MILLONES ($ 4.000.000.-) anuales para ser aplicados al precitado concepto, tal como establece en el Anexo 2, punto 3, inc. j), del Acta Acuerdo del 9 de enero de 2001 aludida.

Que la modalidad a través de la cual se implementó el Programa precitado, contribuyó a conformar un sistema transparente y focalizado.

Que en función de la necesidad de articular los consensos necesarios para lograr el apoyo comunitario de la propuesta referida, se contó con la participación de la Concesionaria Aguas Argentinas S.A., la Comisión de Usuarios del ETOSS, Asociaciones de Usuarios locales y Organizaciones No Gubernamentales, cuyo encuadre técnico estuvo a cargo de los señores Gerentes de Relaciones Institucionales y de Economía del Sector del ETOSS.

Que el Programa de Tarifa Social, comprende a usuarios, considerando sólo las unidades funcionales residenciales que reúnan las características establecidas en la norma de su creación y normativa modificatoria, sin que se contemple la situación de las instituciones sin fines de lucro que realizan actividades de contención social.

Que, en tal sentido, existen diversos reclamos de los Municipios de la Provincia de Buenos Aires y del Gobierno de la Ciudad Autónoma de...

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