Resolución 1432/2003
Fecha de disposición | 04 Febrero 2003 |
Fecha de publicación | 04 Febrero 2003 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 30082 |
Administración Federal de Ingresos Públicos Administración Federal de Ingresos Públicos
SISTEMAS DE INFORMACION
Resolución General 1432
Procedimiento. Compañías de seguros. Régimen informativo de productores. Su implementación.
Bs. As., 31/1/2003
VISTO que los regímenes de información coadyuvan a optimizar la función fiscalizadora y el control de las obligaciones tributarias por parte de este organismo, y
CONSIDERANDO:
Que en tal sentido, se entiende aconsejable implementar un régimen informativo de comisiones y honorarios pagados a los productores de seguros y establecer las obligaciones, plazos, formalidades y condiciones que deben observar las compañías aseguradoras para su cumplimiento.
Que para facilitar la lectura e interpretación de las normas, se considera conveniente la utilización de notas aclaratorias y citas de textos legales, con números de referencia, explicitados en el Anexo I.
Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Legislación, de Asesoría Legal, de Análisis de Fiscalización Especializada, de Programas y Normas de Fiscalización, de Programas y Normas de Recaudación, de Informática de Fiscalización y de Información Estratégica para Fiscalización.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7º del Decreto Nº 618, de fecha 10 de julio de 1997 y sus complementarios.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:
Establécese un régimen de información respecto de las comisiones y honorarios pagados a los productores de seguros -en adelante llamados "productores" -,que deberá ser observado por las compañías aseguradoras que se encuentren alcanzadas por la Ley Nº 20.091 y sus modificaciones, y estén inscritas en la Superintendencia de Seguros de la Nación.
A - INFORMACION A SUMINISTRAR
Las compañías de seguros deberán informar, semestralmente, los datos que se indican a continuación:
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De los "productores" con que operan:
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Apellido y nombres.
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Domicilio.
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Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.).
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Fecha a partir de la cual operan como "productores" con la compañía.
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Número de matrícula que posee en el Registro de Productores Asesores (a cargo de la Superintendencia de Seguros de la Nación).
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Categorización frente al impuesto al valor agregado.
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De las operaciones efectuadas por los "productores": las comisiones y los honorarios percibidos (incluidas la ayuda de gastos abonados por viáticos, movilidad, sueldos del personal que colabore...
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