Resolución 37/2003
Fecha de disposición | 03 Febrero 2003 |
Fecha de publicación | 03 Febrero 2003 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 30081 |
Ministerio de la Producción Ministerio de la Producción
IMPORTACIONES
Exceptúase de lo dispuesto en la Resolución Nº 909/94-MEYOSP a la importación de bienes usados con una antigüedad no menor a cinco años, en carácter de donación a favor del Estado Nacional, Provincias o Municipios e instituciones religiosas y entidades de bien público acreditadas como tales.
Bs. As., 31/1/2003
VISTO el Expediente Nº S01:0153948/2002 del Registro del MINISTERIO DE LA PRODUCCION, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el dictado de la Resolución del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 909 de fecha 29 de julio de 1994 y sus modificatorias, se estableció un régimen de importación de bienes usados comprendidos entre los Capítulos 84 y 90 del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías.
Que la crisis económico social que actualmente afecta a vastos sectores de la población hace necesario el dictado de una medida de carácter general, que contemple la excepción de la normativa vigente en materia de importación de bienes en condición de usados a las mercaderías que se importen bajo ese estado y con destino a determinadas finalidades, cuyos beneficiarios sean tanto las entidades de bien público sin fines de lucro, como así también los organismos nacionales, provinciales y municipales.
Que asimismo, el régimen que se instituye por la presente, cuya vigencia estará condicionada al estado de situación que la motiva, tiene como finalidad principal brindar ayuda a personas carenciadas, que se hallan en situación de extrema necesidad en distintos lugares del país, sin que por ello se desvirtúen los objetivos que dieran lugar al dictado de la Resolución del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 909/94.
Que la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA dependiente del MINISTERIO DE ECONOMIA, ha tomado la intervención que le compete.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la intervención que le compete, en virtud de lo dispuesto por la Resolución de la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION Nº 7 de fecha 4 de febrero de 2002.
Que la presente resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 473 de fecha 8 de marzo de 2002.
Por ello,
EL MINISTRO DE LA PRODUCCION
RESUELVE:
Exceptúase de lo dispuesto en la Resolución ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS...
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