Resolución 29081/2003

Fecha de disposición10 Enero 2003
Fecha de publicación10 Enero 2003
SecciónResoluciones
Número de Gaceta30065

MINISTERIO DE ECONOMIA MINISTERIO DE ECONOMIA

SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION

Resolución N° 29.081/2003

Bs. As., 2/1/2003

VISTO la Resolución N° 28581 de fecha 11/02/2002, y

CONSIDERANDO:

Que dicha Resolución estableció procedimientos para transferencias al exterior por pago de primas por reaseguros, de conformidad a lo dispuesto en la Comunicación "A" 3473 del Banco Central de la República Argentina;

Que corresponde modificar el artículo 3° de la Resolución N° 28.581, en función de transferencias efectuadas por tal concepto durante el año 2002;

Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 67 de la Ley N° 20.091;

Por ello;

EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS

RESUELVE:

ARTICULO 1°

Reemplázase el texto del artículo 3° de la Resolución N° 28581, por el siguiente:

Cuando el importe de la/s transferencia/s requerida/s supere/n el CIENTO VEINTICINCO POR CIENTO (125%) del importe de las remesas efectuadas en el año 2002, esta Superintendencia de Seguros de la Nación dispondrá las verificaciones que estime pertinentes a fin de constatar la justificación de la/s transferencia/s solicitada/s".

ARTICULO 2°

Lo dispuesto en el artículo precedente será de aplicación para transferencias solicitadas ante este Organismo a...

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