Resolución 19/2003

Fecha de disposición10 Enero 2003
Fecha de publicación10 Enero 2003
SecciónResoluciones
Número de Gaceta30065

Ministerio de Economía Ministerio de Economía

REORDENAMIENTO DEL SISTEMA FINANCIERO

Resolución 19/2003

Modifícase la Resolución N° 303/2002, con la finalidad de limitar la adquisición de inmuebles del Estado Nacional a los instrumentos emitidos por los artículos 10 y 12 del Decreto N° 905/2002. Determínase que la tasación de dichos inmuebles, el precio base y la oferta se fijen en pesos.

Bs. As., 7/1/2002

VISTO el Expediente N° 218-005366/2002 del registro del MINISTERIO DE ECONOMIA, el Decreto N° 905 de fecha 31 de mayo de 2002, y la Resolución N° 303 de fecha 14 de agosto de 2002 del MINISTERIO DE ECONOMIA, y

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 1° de la Resolución N° 303/02 del MINISTERIO DE ECONOMIA se dispone que los tenedores de los títulos públicos previstos en los Artículos 10, 11 y 12 del Decreto N° 905/02, podrán afectar los mismos a su valor técnico a la adquisición de inmuebles del ESTADO NACIONAL que sean desafectados de su destino público, y puestos a la venta por intermedio del ORGANISMO NACIONAL DE ADMINISTRACION DE BIENES dependiente de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que, asimismo, en el citado Artículo 1° se establecía que el precio se fijaría en tenencias de valor nominal de los bonos a pagar, dando intervención para ello a la SECRETARIA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMIA.

Que DOS (2) de los instrumentos de deuda pública detallados en el primer considerando están emitidos en DOLARES ESTADOUNIDENSES y UNO (1) en PESOS.

Que a fin de reducir los vencimientos futuros de la deuda pública en moneda extranjera se entiende conveniente limitar la adquisición de inmuebles del ESTADO NACIONAL a los instrumentos emitidos por los Artículos 10 y 12 del Decreto N° 905/02.

Que a fin de establecer un mecanismo fácil y transparente resulta necesario determinar que la tasación, el precio base y la oferta se fijen en PESOS y que el pago se efectúe mediante la entrega de los bonos emitidos por los Artículos 10 y 12 del Decreto N° 905/02 a su valor técnico.

Que por lo expresado resulta menester modificar el Artículo 1° de la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA N° 303/02.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídico de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscrito se encuentra facultado para el dictado de la presente medida en virtud de lo dispuesto por los Artículos 21 y 38 del Decreto N° 905 de fecha 31 de mayo de 2002.

Por ello.

EL MINISTRO DE ECONOMIA

RESUELVE:

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