Resolución 231/2002

Fecha de disposición02 Enero 2003
Fecha de publicación02 Enero 2003
SecciónResoluciones
Número de Gaceta30059

MINISTERIO DE ECONOMIA MINISTERIO DE ECONOMIA

SECRETARIA DE ENERGIA

Resolución 231/2002

Bs. As., 23/12/2002

VISTO el Expediente N° 751-000243/2002 del Registro del ex-MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA y lo dispuesto por la Ley N° 17.319, y las Resoluciones de la SECRETARIA DE ENERGIA N° 155 de fecha 23 de diciembre de 1992 y N° 188 de fecha 6 de julio de 1993 ambas dependientes del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que las actuaciones de referencia se inician como consecuencia del reclamo efectuado por las provincias en cuyos territorios se extraen hidrocarburos, denunciado que las compañías petroleras utilizan a partir del mes de diciembre de 2001 un tipo de cambio distinto al previsto en la reglamentación vigente para el pago de regalías sobre hidrocarburos líquidos y gaseosos.

Que teniendo en cuenta la complejidad técnica y legal de las cuestiones planteadas, en particular (I) la vigencia de normas de emergencia que abordaron inicialmente un número indeterminado de relaciones jurídicas, (II) la existencia de operaciones de mercado interno y externo cuyos precios diferenciales boca de pozo se vieron reflejados en las declaraciones juradas de los concesionarios, (III) la presentación de declaraciones juradas rectificativas de las iniciales, reconociendo incrementos en los precios boca de pozo para los hidrocarburos líquidos, y (IV) el cúmulo de información solicitada por esta autoridad, en particular facturas y contratos, se dictó inicialmente la Resolución de la SECRETARIA DE ENERGIA N° 76 de fecha 30 de abril de 2002, por la que se definió que el tipo de cambio a transferencia vendedor del BANCO DE LA NACION ARGENTINA vigente el día hábil anterior al de la liquidación, emergente del Artículo 3° de la Resolución de la SECRETARIA DE ENERGIA...

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