Resolución 570/2002

Fecha de disposición29 Noviembre 2002
Fecha de publicación29 Noviembre 2002
SecciónResoluciones
Número de Gaceta30037

INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

Resolución 570/2002

Modifícase la Resolución N° 491/IN/02, en relación con los plazos establecidos en el Reglamento Eleccionario Institucional y el Padrón definitivo de beneficiarios.

Bs. As., 26/11/2002

VISTO las Resoluciones N° 0491/02 y N° 0504/IN/02 por la cual se aprueba el Reglamento Eleccionario Institucional y su modificatoria,

CONSIDERANDO

Que habiéndose registrado diversos inconvenientes técnicos sobre demoras en el proceso de elaboración, que implicaron mayor tiempo en la confección y distribución, de los padrones electorales definitivos de los beneficiarios del Instituto se efectuaron las consultas correspondientes al área competente.

Que al respecto se recepcionó la sugerencia formuladas por parte de las Juntas Electorales Locales (J.E.L.) y por la Junta Electoral Nacional (J.E.N.) sobre la oportunidad de prorrogar el plazo, requiriendo la fijación de nueva fecha, para el envío de dichos padrones a cada una de las Juntas Electorales Locales (J. E. L.),

Que el requerimiento mencionado en el párrafo que antecede, fue planteado para poder llevar a cabo la revisión y corrección de las inquietudes precedentemente expuestas.

Que resulta oportuno trasladar la fecha de envío de padrones para el acto comicial, establecida en el artículo N° 11 de la Resolución N° 491/IN/02 y Anexo II de la Resolución N° 0504/IN/02, a los fines de evitar eventuales exclusiones aclarando y precisando algunos aspectos no pretendidos en el proceso de normalización institucional.

Que a fin de dar debida publicidad al proceso eleccionario procede disponer la publicación de la Resolución aquí aprobada en el Boletín Oficial.

Por ello, conforme las atribuciones conferidas por el Decreto N° 111/02

EL INTERVENTOR NORMALIZADOR DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVE:

Artículo 1°

Modifícase el Artículo N° 11 de la Resolución N° 491/IN/02, el que quedará redactado de la siguiente manera:

Padrón definitivo

Las listas de electores depuradas constituirán el Padrón de Beneficiarios Femenino y Masculino del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, que tendrá que hallarse impreso y exhibido, de acuerdo al Artículo 9°, 6 (seis) días antes de la fecha fijada para la elección. Los que sirvieron para anotar las correcciones y reclamos quedarán archivadas en la...

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